REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO ARISMENDI, ANTOLIN DEL CAMPO Y GÓMEZ

JUZGADO DE LOS MUNICIPÍOS ARISMENDI ANTOLIN DEL CAMPO Y GOMEZ DE LA CIRCUSNCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA.
LA ASUNCION, DIECISEIS DE JULIO DE DOS MIL NUEVE.-

199º y 150º
Vistas las testimoniales rendidas por los Ciudadanos DIEUTTER OLIMPIA FERRER BETANCOUR, ABRAHAN DE JESUS ZACARIAS, SILVIA JOSE VILLARROEL MARIN, quienes fueron contestes en señalar que en fecha 19-06-2009, Si conoce de vista trato y comunicación los Ciudadanos LISANDRO EDUVIGIS LISTA MARIN, FRANK ANTONIO LISTA MARIN y RONALD JOSE LISTA MARIN, desde hace muchos años.- y que de igual manera conocieron a la de-cujus CARMEN FLORENCIA MARIN MARIN- igualmente saben y les consta que los Ciudadanos LISANDRO EDUVIGIS LISTA MARIN, FRANK ANTONIO LISTA MARIN y RONALD JOSE LISTA MARIN, son los Únicos Herederos Universales.-El Tribunal comprobado como ha sido el derecho que el solicitante alega, administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara las anteriores actuaciones Titulo suficiente para asegurar su condición como únicos y Universales Herederos de la de cujus CARMEN FLORENCIA MARIN MARIN, a los Ciudadanos LISANDRO EDUVIGIS LISTA MARIN, FRANK ANTONIO LISTA MARIN y RONALD JOSE LISTA MARIN,.- .
De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937, del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo los derechos de terceros o de aquellas personas que siendo herederos de la finada no hayan sido incluidos como tal en la presente solicitud y asimismo, se advierte la buena fe y de los recaudos consignados como anexos, en ningún caso causara efecto de cosa juzgada y que perderá toda eficacia o valor jurídico.-