Tribunal Penal de Control de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, 17 de Julio de 2009
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : OP01-P-2008-002007
ASUNTO : OP01-P-2008-002007

Visto el presente asunto penal, se evidencia que en fecha 08 DE OCTUBRE DE 2008, se celebró la audiencia preliminar donde el IMPUTADO ALEXANDER JOSÉ MAZA MARCANO, titular de la cédula de identidad Nº 12.676.875, siendo la oportunidad procesal admitió los hechos que se le imputa por parte del Ministerio Público, como lo es la comisión del delito de ACTOS LASCIVOS, previsto y sancionado en el artículo 45 de la Ley sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; sin embargo, al abocarme al presente asunto y al Tribunal Cuarto de Control, se constata en las actas procesales que la Resolución de la Sentencia integra y definitiva no fue publicada por el Juzgador para el momento, por lo que se vulnera los Principios Rectores que debe predominar en todo proceso judicial, aunado a que luego del análisis del acto en cuestión, se evidencia que la aducida audiencia se celebró sin la presencia de una de las partes como lo es la victima, por tal motivo se Declara La Nulidad De La Audiencia Preliminar y se acuerda convocar nuevamente a las partes a una nueva celebración de la audiencia in comento, la cual se fijará por auto separado, en Aras de Garantizar el Principio de Inmediación, todo ello conforme a los artículos 190 y 191 del Código orgánico procesal Penal. Y así se decide.

Notifíquese a las partes de la presente decisión. Se acuerda convocar a las partes para el día 04-08-2009 a las 11:30 horas de la mañana, para la celebración de una nueva audiencia preliminar.
LA JUEZA DE CONTROL Nº 4

DRA. ERIKA YSNIR VALECILLOS MENDOZA