REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta.-
La Asunción, veintiuno (21) de julio de dos mil nueve (2009).-
Años: 199º y 150º

ASUNTO: OP02-L-2008-000544

Vista la decisión proferida por este Juzgado en fecha trece (13) de marzo de dos mil nueve (2009), mediante la cual se declaró INCOMPETENTE POR LA MATERIA para conocer la presente causa, y por tanto declina la competencia al Juzgado Superior en lo Contencioso Administrativo del Estado Nueva Esparta; así mismo, visto el oficio N° 002306 emanado de la Procuradora General de la República, en el cual acusa recibo de comunicación N° 098-09, contentiva de notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 97 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto Con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República de la referida decisión. En consecuencia, se ordena la inmediata remisión del presente asunto al Juzgado Superior en lo Contencioso Administrativo del Estado Nueva Esparta, a los fines legales consiguientes. Líbrese oficio de remisión.-
LA JUEZ.,


Dra. ROSA RAMOS DE TORCAT.

EL (LA) SECRETARIO (A)





RRdT/yi.-