REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan Bautista, 23 de julio de 2009
199° y 150°

Me avoco al conocimiento de la presente causa, en virtud de haber sido designada como Jueza Provisoria del Juzgado Superior Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia en reunión del día 4-11-2008 y juramentada al efecto, en fecha 25-11-2008. En consecuencia, notifíquese a la parte recurrente ciudadanos GILBERTO ARTURO BRICEÑO GUTIERREZ y MIRIAM BLANCO DE BRICEÑO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros 2.935.651 y 3.184.118, respectivamente, domiciliados en Lecherías, Estado Anzoátegui; y a la parte recurrida ALCALDIA DEL MUNICIPIO GARCÌA DEL ESTADO NUEVA ESPARTA, del presente avocamiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, aplicable supletoriamente por disposición del artículo 19.1 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia y artículo 152 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal y una vez conste en autos la última de las notificaciones acordadas en el día de hoy, se dejará transcurrir el lapso de diez (10) días de despacho, más tres (3) días de despacho previstos en el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, para el ejercicio de la recusación y en caso de no ser propuesta, se reanudará la causa en el estado procesal en la que ésta se encontraba, en atención a lo dispuesto en el artículo 14 ejusdem. Líbrense boletas de notificación y oficio.
LA JUEZA PROVISORIA

Dra. VIRGINIA TERESITA VÁSQUEZ GONZÁLEZ
LA SECRETARIA

Abg. JULIETA SALAZAR BRITO

Exp. Nº N-0434-09
VVG/JSB/cesar