REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta.
La Asunción, veintisiete (27) de julio de dos mil nueve (2009)
Años: 199º y 150º

ACTA
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES

N° DE EXPEDIENTE: OP02-L-2009-000272
PARTE ACTORA: EFRAÍN JOSÉ GARCÍA (NO COMPARECIÓ).
ASISTIDO POR LA PARTE ACTORA: ABOGADO MARTÍN MALAVER (NO COMPARECIÓ).
PARTE DEMANDADA: “GRUVENCO C.A.”
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: ABG. NO COMPARECIÓ.
MOTIVO: DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES.

En el día de hoy, veintisiete (27) de julio del año dos mil nueve (2009), siendo las nueve de la mañana (09:00.a.m.) oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, de la causa distinguida bajo el No. OP02-L-2009-000272, se constituye el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, presidido por la Juez ÉLIDA SUÁREZ VELÁSQUEZ, con la asistencia de la Secretaria Abogada PAULA DÍAZ MALAVER. Anunciándose la realización de dicho acto en las puertas del Tribunal, se deja constancia que no compareció ninguna de las partes, ni por si ni por medio de Apoderado Judicial alguno. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO. Publíquese, Regístrese la presente decisión.-
LA JUEZ

Dra. ÉLIDA SUÁREZ VELÁSQUEZ.

LA SECRETARIA

Abg. PAULA DÍAZ MALAVER
GMC/PDM/ldm.-