REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y AGRARIO

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
ESTADO NUEVA ESPARTA
La Asunción, 3 de febrero de 2009
198º y 149º


Vista la diligencia de fecha 22 de enero de 2009, suscrita por la ciudadana MARLYN YUDITH HERRERA DE CHACÓN, asistida por el abogado JORGE EDINSON ORELLANO SÁNCHEZ, identificados en autos, mediante la cual solicita se designe defensor judicial al demandado en esta causa; el Tribunal le aclara a la parte que dicho pedimento es extemporáneo por adelantado, por cuanto en fecha 20-1-2009, es cuando el ciudadano Juez se aboca al conocimiento de la causa, y a partir de esa fecha exclusive, comienzan a transcurrir los quince (15) días a que alude el artículo 223 del Código de Procedimiento Civil. A tales fines, se ordena practicar cómputo por Secretaría de los días de despacho transcurridos desde el día 20 de enero de 2009, exclusive, hasta el día 22-1-2009, inclusive. Cúmplase.-
Expediente Nº 23.372
MAGF/CPLC/milagros