Tribunal Penal de Ejecución Sección Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta

La Asunción, tres de diciembre de dos mil nueve
199º y 150º

ASUNTO : OP01-P-2006-004086

ACTA DE IMPOSICIÓN DE DECISION Y MODIFICACION DE LUGAR DE CUMPLIMIERTO DE LA SANCION DE LIBERTAD ASISTIDA.

En horas de Audiencia del día de hoy, Jueves Tres (03) de Diciembre de Dos mil nueve (2009), comparece previa Boleta de Citación, ante la Sala de Audiencia de este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescente del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, el adolescente IDENTIDAD OMITIDA, debidamente asistido por la Defensora Publica Nº 3 Abg. Geisha Camacaro Díaz con la finalidad de ser impuesto de la decisión dictada por este Tribunal en fecha 06 de Noviembre de Dos mil Nueve (2009). Seguidamente, en presencia de la Jueza de Ejecución, ABG. CIRA URDANETA DE GOMEZ, y la secretaria de Sala, ABG. VIOLETA RODRIGUEZ, y estando las partes ya mencionadas presentes se da inicio a la audiencia siendo las Doce y Cuarenta y Cinco horas y minutos de la tarde (12:45 p.m.), este Tribunal procede a dar lectura a la decisión. Seguidamente la Ciudadana Juez procede a imponer a la adolescente sancionada IDENTIDAD OMITIDA de sus derechos y garantías, establecidas en los artículos del 538 al 550 ambos inclusive y los derechos contenidos en el articulo 630 todos de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, asimismo del Precepto Constitucional establecido en el articulo 49 ordinal 5 de nuestra Carta Magna. ACTO SEGUIDO SE LE CEDIÓ LA PALABRA AL SANCIONADO IDENTIDAD OMITIDA, QUIEN EXPONE: “Me doy por notificado de la decisión que me ha sido leído entendí todo lo que me explicó la Jueza, así mismo quiero solicitar que me cambien el lugar para cumplir con las presentaciones, ya que cada vez que voy al Centro de atención Comunitaria, siempre me dejan esperando y me dicen que vaya al otro día y después no puedo ir porque estoy trabajando y no me dan tanto permiso Es todo.” ACTO SEGUIDO EL TRIBUNAL CEDE LA PALABRA A LA DEFENSA PUBLICA DE LA ADOLESCENTE ABG. GEISHA CAMACARO, QUIEN EXPONE: “Nos damos por notificados de la decisión que se le ha impuesto en el día de hoy a mi representado. Así mismo quiero solicitar se le modifique el lugar de cumplimiento de las sanción de Libertad Asistida, y se le imponga ante el Equipo Multidisciplinario de esta sección de adolescentes, ya que la misma la viene cumpliendo en el Centro de Atención Comunitaria de Porlamar, y según lo manifestado por mi representado cada vez que va no están los profesionales adscritos al mismo y esta trabajando. Es Todo.” Visto lo que antecede ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA con las facultades que le confiere los artículos 646 y 647 especialmente literal e, Acuerda: Declara CON LUGAR lo solicitado por la Defensa, en consecuencia se modifica el lugar de cumplimiento de la sanción de Libertad Asistida y en lo adelante lo hará el Adolescente sancionado IDENTIDAD OMITIDA, por ante el equipo Multidisciplinario de esta sección de adolescentes. Ofíciese al Centro de Atención Comunitaria de Porlamar, informándole lo aquí decidido. Termino, se leyó y conformes firman, siendo las una y diez (01:10) horas de la tarde se da por concluida la Audiencia. Es todo, terminó, se leyó y en señal de conformidad firman
LA JUEZA DE EJECUCIÓN


ABG. CIRA URDANETA DE GOMEZ
EL ADOLESCENTE


IDENTIDAD OMITIDA


LA DEFENSORA PÚBLICA Nº 3


ABG. GEISHA CAMACARO DIAZ


LA SECRETARIA


ABG. VIOLETA RODRIGUEZ DUARTE

1:16 PM