San Juan Bautista, 18 de diciembre de 2009
199º y 150º
Visto el desistimiento formulado por la ciudadana LUZMIR GLINES DE MARCANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.748.496, asistida del abogado TEOFRANK ROJAS, con Inpreabogado N° 52.243, en fecha 16 de diciembre de 2009, de la acción y del procedimiento contencioso administrativo funcionarial, incoado por ella, contra el AEROPUERTO INTERNACIONAL DEL CARIBE GENERAL EN JEFE SANTIAGO MARIÑO, actualmente adscrito al Ministerio de Obras Públicas y vivienda, este Juzgado Superior en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, y en aplicación de lo previsto en los artículos 263 y 264 del Código de Procedimiento Civil, por disposición del artículo 19.1 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, y en virtud de que aún la Procuraduría General de la Republica, no ha sido citada para dar contestación del recurso, le imparte su aprobación en todas y cada una de sus partes al mencionado desistimiento manifestado por la propia recurrente LUSMIR GLINES DE MARCANO, anteriormente identificada, quien es parte recurrente en este procedimiento y puede disponer del objeto del litigio, dando por terminada la presente causa y ordenando proceder como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada. ASÌ SE DECIDE.
LA JUEZ,

Dra. VIRGINIA TERESITA VÁSQUEZ GONZÁLEZ

LA SECRETARIA,

Abg. JULIETA MARÍA SALAZAR BRITO.
Exp. Q-0456-09.
VTVG/jmsb/Pedro