REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta.-
La Asunción, seis (06) de abril de dos mil nueve (2009).-
198º y 150º

ASUNTO: OP02-L-2008-000684

Visto que concluida la Prolongación de la Audiencia Preliminar en fecha veintisiete (27) de marzo de 2009, y consignados como han sido los escritos de contestación de la demanda por las partes demandadas “TEAM HAIR CUT, C.A”., constante de diez (10) folios útiles, “SALÓN DE BELLEZA MARGARITA, C.A”., constante de diecisiete (17) folios útiles y “SALÓN DE BELLEZA CARITAS, C.A”., constante de diecinueve (19) folios útiles; en consecuencia, se ordena remitir el expediente contentivo de una (01) pieza, constante de doscientos noventa y tres (293) folios útiles, al Tribunal de Juicio de conformidad con lo previsto en el artículo 136 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
LA JUEZ.,



Dra. GRICELDA MARTÍNEZ CEDEÑO.



EL (LA) SECRETARIO (A).






GMC/yvs.-