REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan Bautista, 02 de abril de 2009
198° y 150°
Vista la promoción de pruebas efectuada por las partes recurrente y la tercera adhesiva en la audiencia del día 01-04-2009, y siendo que este Tribunal Superior en dicha fecha decidió por auto separado ordenar la evacuación de las pruebas, admitidas al Banco de Venezuela, S.A., lo hace de la manera siguiente: 1) Con relación a la inspección judicial promovida en la sede del Edificio Inspectoria del Trabajo del Estado Nueva Esparta, calle Baldomero Romero, Porlamar, Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta, se fija el décimo (10º) día de despacho siguiente al día de hoy, a las diez horas de la mañana (10:00 a.m.) para su práctica, sobre los particulares señalados en el escrito de pruebas anexo, de conformidad con lo establecido en el artículo 472 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.
2) En cuanto a la prueba de informes, este Juzgado Superior ordena librar oficio a las siguientes Oficinas Públicas, de conformidad con lo establecido en el artículo 21.13 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, en concordancia con el artículo 433 del Código de Procedimiento Civil: 2.1) Inspectorìa Nacional del Trabajo, a los fines que informe a este Juzgado Superior lo siguiente: a) Si consta en sus documentos, libros archivos u otros papeles que se hallen en su oficina, que fue presentado por ante ese despacho escrito y acta por parte de la Federación Nacional de Sindicatos del Banco de Venezuela (FETRABANVENEZ) sobre la elección del directivo sindical que disfrutaría de la licencia sindical, establecida en la cláusula 18 de la CCT del Banco de Venezuela, la cual recayó en la ciudadana LINA ROJAS; b) Si consta en sus documentos, libros, archivos u otros papeles que se hallen en su oficina que la referida comunicación fue incorporada al expediente de la Federación Nacional de Sindicatos del Banco de Venezuela (FETRABANVENEZ). 2.2) Inspectorìa del Trabajo del Estado Nueva Esparta, a objeto que informe a este Tribunal Superior si consta en sus documentos, libros, archivos u otros papeles que se hallen en su oficina que le fue presentado por la Federación Sindical FETRABANVENEZ, escrito y copia de acta de designación del directivo que disfrutaría de la Licencia Sindical de la cláusula 18 de la CCT del Banco de Venezuela, la cual recayó en la ciudadana LINA ROJAS; y 2.3) Sindicato Único Nacional de Trabajadores y Empleados del Banco de Venezuela, filial y subsidiario (SUNTEBANVENFISU), con el fin de que informe a este Despacho lo siguiente: a) si consta en sus documentos, libros, archivos u otros papeles que se hallen en su oficina que el señor FELIX RAMÒN BAUZA solicitó inscripción en dicho sindicato y autorizo el descuento de la cuota sindical en beneficio de dicha organización sindical; b) si consta en sus documentos, libros, archivos u otros papeles que se hallen en su oficina cual es el procedimiento para la tramitación de afiliación en dicha organización sindical. Cúmplase.
LA JUEZA PROVISORIA
Dra. VIRGINIA TERESITA VÁSQUEZ GONZÁLEZ
LA SECRETARIA
Abg. JULIETA SALAZAR BRITO
Exp. Nº N-0259-09
VTVG/JSB/cesar