REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta.-
La Asunción, treinta (30) de abril de dos mil nueve (2009).
199º y 150º

ASUNTO: OP02-L-2008-000397

Visto que concluida la Prolongación de la Audiencia Preliminar, en fecha veintidós (22) de abril de dos mil nueve (2009), y consignado como ha sido el escrito de contestación a la demanda de la parte demandada Sociedad Mercantil “DESARROLLO PUETO DE LA MAR, C.A”, constante de cuatro (04) folios útiles, en consecuencia, se ordena remitir el expediente al Tribunal de Juicio de conformidad con lo previsto en el artículo 136 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
LA JUEZ.,



Dra. ELIDA SUÁREZ VELÁSQUEZ.



EL (LA) SECRETARIO (A).






ESV/yvs.-