REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, dieciséis (16) de septiembre de dos mil ocho (2008)
198º y 149º

ACTA

Nº DE EXPEDIENTE: OP02-L-2007-00625
PARTE ACTORA: LUÍS RAFAEL VIZCAÍNO
Asistido Por: Diego Fernando Pérez Borges.
PARTE DEMANDADA: ALCALDÍA DEL MUNICIPIO MARIÑO DEL ESTADO NUEVA ESPARTA.
Apoderada Judiciales de la Parte Demandada: Leiska Boadas De González.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

En el día de hoy, dieciséis (16) de septiembre de dos mil ocho (2008), siendo las dos y quince de la tarde (02:15 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la continuación de la Audiencia Preliminar en la causa distinguida bajo el No. OP02-L-2007-000625, se constituye el Juzgado Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, presidido por el Juez EUCLIDES SALAZAR MATA, con la asistencia del Secretario Abogado YHOANN RODRÍGUEZ. Anunciándose la realización de dicho acto en las puertas del Tribunal, comparece la Abg. Leiska Boadas De González, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 31.600, en su carácter de Síndico Procurador del Municipio Autónomo Mariño del Estado Nueva Esparta, según consta de Acta de Instalación de Cámara Municipal de dicho Municipio, de fecha 11-12-2000.
En este sentido, el Tribunal deja constancia de la incomparecencia de la parte actora, ni por si ni por medio de apoderado alguno. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO. Publíquese, Regístrese la presente decisión. Se deja constancia de la devolución de las pruebas consignadas por la parte demandada.
EL JUEZ

Dr. EUCLIDES SALAZAR MATA.

EL SECRETARIO


Abg. YHOANN RODRÍGUEZ
ESM/mgm.-