REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Primera Instancia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta para el Régimen Procesal Transitorio
La Asunción, 30 de Septiembre de 2008
198º y 149º

ASUNTO: OP02-S-2008-000811

AUTO ACORDANDO LA AUTORIZACIÓN PARA REALIZAR OPERACIÓN CON BIENES DE NIÑOS Y ADOLESCENTES

Se deja constancia que el presente asunto es proveído en esta fecha, con ocasión al gran cúmulo de trabajo recibido y acumulado en este Circuito Judicial de Protección, luego del periodo sin despachar, así como por el hecho de que sólo se cuenta con cinco (5) asistentes para proveer la totalidad de los asuntos nuevos, diligencias y escritos ingresados a los distintos jueces que conformamos el Circuito Judicial de Protección, lo que implica la asignación de un promedio de veinticinco a treinta asuntos a cada uno de ellos para su sustanciación. La presente constancia se efectúa a sugerencia de la Coordinación de dicho Circuito, y luego de que las referidas juezas, le hiciéramos saber la problemática que se presenta en la actualidad con respecto a dicho particular.
Revisada como ha sido la solicitud formulada por la ciudadana ANA JOSEFINA FERNANDEZ COVA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.200.250, en su condición de madre de la adolescente (IDENTIDAD OMITIDA de conformidad con el artículo 65 LOPNNA), de quince (15) años de edad, debidamente asistida por la Abg. Alida Rodríguez Arismendi, inscrita en el I. P. S. A., bajo el Número 112.470, a través de la cual solicita Autorización para gestionar ante el Instituto Neoespartano de Policía (INEPOL), en nombre de su hija (IDENTIDAD OMITIDA), todo lo relacionado con los beneficios derivados del fallecimiento de su padre ciudadano CRUZ ANTONIO YENDIS GUEVARA, venezolano, titular de la cédula de Identidad Nº 9.425.182, como lo son: Prestaciones Sociales; Seguro de Vida; Quincenas sin cobrar; Retroactivo de sueldos y salarios; Aguinaldos; Bono Vacacional; Fideicomisos y cualquiera otros bienes que le pudieran corresponder por ser la mencionada adolescente coheredera de dicho funcionario CRUZ ANTONIO YENDIS GUEVARA. Igualmente leído el contenido de los recaudos que acompañan la solicitud por la cual se procede y siendo que la mencionada ciudadana consignó constante de cuarenta y cuatro (44) folios útiles, Copias Certificadas de la Declaración de Únicos y Universales Herederos de donde se evidencia que la adolescente es coheredera del antes mencionado ciudadano y por cuanto la misma tiene derecho de acceder al cobro de tales beneficios. En consecuencia esta Jueza Primera de Primera Instancia de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, con vista a las actas que conforman el presente asunto, AUTORIZA a la ciudadana ANA JOSEFINA FERNANDEZ COVA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.200.250, para que en nombre y representación de su hija, la adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), proceda a gestionar ante el Instituto Neoespartano de Policía (INEPOL), el cobro de Prestaciones Sociales; Seguro de Vida; Quincenas sin cobrar; Retroactivo de sueldos y salarios; Aguinaldos; Bono Vacacional; Fideicomisos y cualquiera otros bienes que le pudieran corresponder a la mencionada adolescente por ser ésta, coheredera del ciudadano CRUZ ANTONIO YENDIS GUEVARA, así como cualquier otro beneficio que le pudiera corresponder como beneficiaria de su difunto padre. El dinero proveniente de dicho cobro, deberá remitirse a esta Sala de Juicio Única, mediante la emisión de un cheque a favor de la mencionada adolescente, encargándose este Despacho de su debida administración. Así se decide. Cúmplase.
La Jueza


Abg. Luisana Marcano Vásquez

La Secretaría,