Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta
Sección Adolescente
La Asunción, 8 de Octubre de 2008
198º y 149º


ASUNTO PRINCIPAL : OP01-P-2007-000896
ASUNTO : OP01-P-2007-000896


AUTO DE UBICACIÓN INMEDIATA


Revisadas las actuaciones correspondientes a loS adolescentes IDENTIDAD OMITIDA y IDENTIDAD OMITIDA, este Tribunal para decidir observa: Primero: En fecha 10 de enero de 2008, este Tribunal dictó auto de ejecución de sentencia por la cual se impuso a los sancionados llas medidas simultáneas de 1) Imposición de Reglas de Conducta, consistente en: Obligación de estudiar o trabajar, y consignar cada tres meses el cumplimiento ante el Tribunal. Y de 2) Libertad Asistida, por ante uno cualquiera de los profesionales adscritos, con una periodicidad de una vez al mes. Segundo: En relación al Cumplimiento de las Obligaciones de Alejandro Manuel José García, se observa que en Imposición de Reglas de Conducta, consistente en: Obligación de estudiar o trabajar, se observa al folio 220 una constancia emitida con fecha de este año, no obstante acredita el cumplimiento de haber estudiado en el año escolar 2004-2005, fecha en la cual no se había impuesto la sanción. Por lo que no ha acreditado cumplimiento de esta obligación. 2) Libertad Asistida, por ante uno cualquiera de los profesionales adscritos, con una periodicidad de una vez al mes, se observa: folio 206 y folio 211, el 3-3-08, oficios emitidos con fecha 5 de mayo de 2008. Tercero: Ser observa al folio 177 constancia médica de reposo por el lapso de un mes por cuanto el adolescente Alejandro Manuel José garcía, se encontraba hospitalizado en Neurocirugía por herida por arma de fuego, constancia de fecha 2 de diciembre de 2007. Cuarto: En relación al Cumplimiento de las Obligaciones de IDENTIDAD OMITIDA, se observa que en Imposición de Reglas de Conducta, consistente en: Obligación de estudiar o trabajar, no ha acreditado cumplimiento. 2) Libertad Asistida, por ante uno cualquiera de los profesionales adscritos, con una periodicidad de una vez al mes, se observa: folio 205 y folio 211, oficios emitidos con fecha 27 y 5 de mayo de 2008 respectivamente, que el mismo no ha comparecido ante los Servicios Auxiliares. Quinto: Visto que se ordenó citar al sancionado IDENTIDAD OMITIDA, y no ha comparecido hasta la fecha, habiendo recibido múltiples notificaciones en su domicilio aportado ante este Tribunal, y que no consta en autos motivo que justifique el incumplimiento de los sancionados es por lo que se acuerda de conformidad con lo dispuesto en el artículo 617 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, la ubicación del adolescente, a los fines de que comparezca ante la oficina del Alguacilazgo y consigne escrito por intermedio de su defensa donde justifique los motivos de su incumplimiento, y además consigne constancia de trabajo ó estudios actualizada. Consignación que deberán hacer para el día lunes 20 de octubre de 2008. En el nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, , acuerda de conformidad con lo dispuesto en el artículo 617 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente: declarar en rebeldía a los adolescentes IDENTIDAD OMITIDA y IDENTIDAD OMITIDA, y ordenar su ubicación inmediata por intermedio de Policía del estado Nueva Esparta, a los fines de que comparezcan ante la oficina del Alguacilazgo y consignen escrito por intermedio de su defensa donde justifiquen los motivos de su incumplimiento. Consignación que deberá hacer para el día lunes 20 de Octubre del 2008. Fecha para la cual deben constar las resultas de la comisión que se ordena comisionar a la Policía del estado Nueva Esparta, para que a través de ese órgano policial se ubique a los mencionados adolescentes y se le explique el deber de comparecer ante este Tribunal, y justifique los motivos de su incumplimiento, haciéndole saber al Órgano comisionado que la presente no implica su detención. Asimismo se ordena notificar al sancionado IDENTIDAD OMITIDA en la dirección aportada por su Defensa al folio 191, Ofíciese. Líbrense las correspondientes boletas de notificación a las partes. Diarícese. Cúmplase.
LA JUEZ DE EJECUCION

Dra. Isabel Asunta Pannaci
LA SECRETARIA

Abg. Zaida Montilva

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.-


LA SECRETARIA

Abg. Zaida Montilva

5:10 PM