REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Primera Instancia para la Protección del Niño, Niña y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta para el Régimen Procesal Transitorio.

ASUNTO: OH03-S-2006-000440

ACTA DE ACUERDO CONCILIATORIO

Siendo las 10:00 de la mañana del día de hoy 05 de Noviembre de 2008, oportunidad fijada para que tenga lugar el acto contenido en el artículo 485 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, se encuentra presente la ciudadana jueza de la causa Abg. Luisana Marcano Vásquez, comparecieron los ciudadanos WILMER JOSE ACEVEDO FALLICA y POLIMAR EUKARINA RIVAS PULVET, titulares de las cédulas de identidad Nos V-11.355.937 y V-13.807.190, respectivamente, en su carácter de padres de la niña (IDENTIDAD OMITIDA de conformidad con el artículo 65 LOPNNA), de cinco (5) años de edad, Una vez anunciado dicho acto, las partes expusieron: Queremos señalar a este Tribunal que en los actuales momentos ambos estamos de acuerdo en que sea fijado definitivamente el Régimen de Visitas (Convivencia Familiar) tal y como lo establecimos en fecha 05 de Marzo del año próximo pasado, donde se estableció que la convivencia familiar con el padre serán los fines de semana de manera alterna, debiendo el padre buscar a su hija los días viernes al salir de clases y la entregará los días Lunes en la mañana, comprometiéndose a cuidar a la niña durante el fin de semana, en tal sentido pedimos sea homologado por este Tribunal. En cuanto a las vacaciones escolares estamos de acuerdo en que sean distribuidas de manera equitativa al igual que en el mes de Diciembre serán equitativas, decidiendo ambos padres en las fechas 24 y 25, correspondientes a navidad y 31 de Diciembre y 01 de Enero, de forma alterna durante cada año. Es todo. Seguidamente estando presente la niña (IDENTIDAD OMITIDA) ejerció su derecho a opinar y ser oída, tal y como lo exige el artículo 80 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente. Por lo anteriormente expuesto en cuanto al acuerdo al que han llegado ambas partes esta Jueza Primera de Primera Instancia de Protección del Niño, Niña y Adolescente para el Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley H O M O L O G A en todos y cada uno de sus términos el acuerdo de REGIMEN DE VISITAS (CONVIVENCIA FAMILIAR) a favor de la niña (IDENTIDAD OMITIDA). realizado por sus padres ciudadanos WILMER JOSE ACEVEDO FALLICA y POLIMAR EUKARINA RIVAS PULVET, titulares de las cédulas de identidad Nos V-11.355.937 y V-13.807.190, respectivamente, de conformidad con lo previsto en el Artículo 385 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Es todo, se terminó y conformes firman.
La Jueza

Los Asistentes

Abg. Luisana Marcano Vásquez


El Secretario