REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta.-
La Asunción, cinco (05) de mayo de dos mil ocho (2008).-
198º y 149º
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES:
N° DE EXPEDIENTE: OP02-L-2007-000288
PARTE ACTORA: Edgar Alejandro Cárdenas Guevara.
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: No Compareció.
PARTE DEMANDADA: Seguridad Vulcano, C.A.
ASISTIDOS POR LOS: Ernesto José Patiño Alfonzo y Abelardo Antonio Bernotti Vásquez
MOTIVO: Cobro de De Prestaciones Sociales.
En el día de hoy cinco (05) de mayo de dos mil ocho (2008), siendo la nueve y cuarenta y cinco de la mañana (09:45 a.m.) oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, de la causa distinguida bajo el No OP02-L-2007-000288, se constituye el Juzgado Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, presidido por la Juez GRICELDA MARTÍNEZ CEDEÑO, con la asistencia del Secretario el Abogado YHOANN RODRÍGUEZ. Anunciándose la realización de dicho acto en las puertas del Tribunal, comparece el ciudadano MAURICIO CENTÉSIMO OLIVEROS, titular de la cédula de identidad N° 11.311.295, en su carácter de presidente de la Empresa SEGURIDAD VULCANO, C.A, debidamente asistido por los abogados ERNESTO JOSÉ PATIÑO ALFONZO Y ABELARDO ANTONIO BERNOTTI VÁSQUEZ, inscritos en el inpreabogado bajo los Nros° 89.932 y 64.876.
En este sentido, el Tribunal deja constancia de la incomparecencia de la parte actora ni por si ni por medio de apoderado alguno. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO. Publíquese, Regístrese la presente decisión.
LA JUEZ
Dra. GRICELDA MARTÍNEZ CEDEÑO.
PARTE DEMANDADA
EL SECRETARIO
Abg. YHOANN RODRÍGUEZ
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