TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
TRIBUNAL SEGUNDO DE JUICIO DEL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA
LA ASUNCIÓN
La Asunción, 5 de marzo de 2008.
197° y 148°

El DR. CARLOS LUIS MOYA, en sustitución del DR. SERGIO SALOMÓN SOLÓRZANO BASTIDAS, ambos defensores públicos penales, del ACUSADO ALBERT JOSÉ RODRÍGUEZ, solicita ante este Tribunal, revisión de medida cautelar sustitutiva de libertad, a favor de su defendido, de conformidad con lo previsto en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, quien se encuentra bajo presentación cada 8 días, y por razones de trabajo se le dificulta cumplir a cabalidad, por lo que solicita que la misma sea extendida cada 30 días.

Revisada, las actuaciones precedentes, este Tribunal para resolver acerca de la solicitud de la defensa, observa:

MOTIVA
ÚNICO

El acusado se encuentra bajo medida cautelar sustitutiva de libertad, de presentación cada 8 días ante la Oficina del Alguacilazgo , medida que le fue impuesta por la Corte de Apelaciones, en decisión de fecha 9 de enero de 2006, cuando resuelve recurso de apelación interpuesto por la Fiscalía.

Como quiera que la defensa solicita la extensión de las presentaciones, por cuanto su defendido se encuentra trabajando, para lo cual consignó constancia de trabajo, y al mismo tiempo éste Tribunal ordenó solicitar información al Alguacilazgo donde se evidencia que el acusado cumple con las presentaciones, y ante la imposibilidad en la cual, se encuentra para cumplir cabalmente las presentaciones cada 8 días, por no poseer los recurso necesarios económicos para el traslado hasta la sede del Palacio de Justicia, este Tribunal, observa, que efectivamente la medida de coerción personal, tiene como una de sus finalidades, que el acusado pueda llevar una vida normal y el desenvolvimiento de su personalidad a través de la superación personal bien con el trabajo y el estudio, lo cual, no impide que el acusado cumpla con la finalidad del proceso, en tal sentido EXTIENDE LAS PRESENTACIONES DEL ACUSADO CADA TREINTA (30) DÍAS ANTE LA OFICINA DEL ALGUACILAZGO.


DECISIÓN

Este Tribunal Segundo de Juicio de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, EXTIENDE LAS PRESENTACIONES DEL ACUSADO ALBERT JOSÉ RODRÍGUEZ DONI, CADA TREINTA (30) DÍAS, ANTE LA OFICINA DEL ALGUACILAZGO, por la presunta comisión del delito de Robo Propio en Grado de Frustración, previsto en el artículo 455 del Código Penal, en relación con el artículo 80 y 02 ejusdem, de conformidad con lo previsto en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes.
Regístrese, déjese constancia en el libro diario.
LA JUEZ SEGUNDO DE JUICIO,


DRA. VIRGINIA BERBÍN OBANDO
LA SECRETARIA,

Abg. MAIJOLET ROJAS ZAPATA,
En esta misma fecha se libró la boleta de traslado y las notificaciones.
LA SECRETARIA,

ABG. MAIJOLET ROJAS ZAPATA,

Asunto: 0P01-P-2005-006136.