REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
ESTADO NUEVA ESPARTA.
La Asunción, 9 de junio de 2008
198º y 149º

Cumplida como ha sido la exigencia del Tribunal, y visto el desistimiento tanto de la acción como del procedimiento que en fecha 2 de junio de 2008, realizara el ciudadano RUBÉN DARIO INVERNIZZI MEDINA, titular de la cédula de identidad N° 15.148.819, en su carácter de Vice-Presidente de la empresa demandante “ALFA COM, C.A., debidamente asistido por el abogado EDUARDO GARRIDO RODRÍGUEZ, con Inpreabogado N° 18.719, con motivo del juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, intentara en contra de los ciudadanos GEORGES ADIB IBRAHIM Y OTROS; este Juzgado actuando de conformidad con lo solicitado, y por cuanto en cualquier estado y grado de la causa puede el demandante desistir de la demanda, de conformidad con lo dispuesto en la norma del Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su homologación y en consecuencia, da por terminada la presente causa y ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada. Y ASÍ SE ESTABLECE.- Archívese el presente expediente en su debida oportunidad. Cúmplase.-