REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta.-
La Asunción, dieciséis (16) de julio de dos mil ocho (2008).-
198º y 149º

ASUNTO: OP02-L-2008-000352

Vista la diligencia presentada en fecha 11-07-2008, por la ciudadana THANYA MARGARITA LUNA TERREN, asistida por el Abogado en ejercicio RICARDO VARGAS, parte actora en el presente procedimiento, mediante la cual consigna desistimiento tanto de la acción principal como del procedimiento de Solicitud de Calificación de Despido, junto con copia del Cheque; recibiendo el pago y solicitando, a su vez, la homologación y el archivo del presente expediente, en consecuencia, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO del procedimiento, dándole efectos de cosa juzgada, de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil por remisión expresa del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así mismo se ordena el archivo del presente expediente y en consecuencia, da por concluido el procedimiento. Publíquese y Regístrese la presente decisión.
LA JUEZ.,

Dra. GRICELDA MARTÍNEZ CEDEÑO.

EL (LA) SECRETARIO (A)



GMC/yvs.-