Cumplida: Devuelta al Tribunal de la Causa Mediante Oficio Nro. 036-08 de fecha 07-02-2008, constante de sesenta y cinco (65) folios útiles

ACTA DE TRASLADO
En esta fecha Siete (7) de Febrero de dos mil Ocho, siendo las diez Antes Meridiem, previa habilitación del tiempo necesario, oportunidad señalada por este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Arismendi, Antolín del campo, Gómez, Marcano y Díaz de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, para tener lugar la práctica de la Entrega Material, decretada y ordenada en comisión por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Area Metropolitana de Caracas, en el juicio seguido por la Sociedad Mercantil CONSTRUCTORA HINESTROSA C.A, contra los ciudadanos ANDRES AGUSTIN MEDINA TORCAT y DALIS GLORIELA GOLIZ de MEDINA, por COBRO DE BOLIVARES (VIA EJECUTIVA); se traslado el Tribunal en compañía del apoderado judicial de la parte actora Dr. GUILLERMO BARRETO NIEVES, abogado en ejercicio, inscrito en el inpreabogado bajo el número 35.104, de una comisión policial al mando del Agente, Jhonathan Jimenez identificado con la cédula de identidad Nro. 19.435.080, y se constituyó en un inmueble constituido por un lote de terreno, situado en el lugar denominada “Huertas de las Irala”, ubicado en jurisdicción del Municipio Arismendi Estado Nueva Esparta, el cual tiene un área de cabida aproximada de Treinta Mil Seiscientos Treinta y Tres metros cuadrados con cuarenta y seis centímetros cuadrados (30.633,46 M2), siendo sus linderos: Norte: en parte con porción de terreno que es o fue de Elvira Medina y Leoncio Medina y en parte con parcela de terreno que es o fue de Angela Medina Gil, Sur: con terrenos que son o fueron de la sucesión de Cayetano Espinosa y José Benedicto Caraballo, Este: con terrenos que son o fueron de Benigna Espinosa; y Oeste: con terrenos que son o fueron de Carlos Chacón Medina; sitio especificado en la presente comisión y al cual fue conducido este Tribunal por el apoderado judicial de la parte actora. Constituidos en dicho sitio se abrió el acto, y se encontraba presente el ciudadano Luís José Caraballo, identificado con la cédula de identidad Nro. V- 4.649.356, en su condición de ocupante del inmueble objeto de la medida a quien se le notificó de la misión del Tribunal, previa lectura del exhorto que encabeza las presente actuaciones, quien manifestó llevarse sus pertenencias bajo su cuenta y riesgo. En este estado, el apoderado judicial de la parte actora Dr. Guillermo Barreto Nieves antes identificado, expone: Respetuosamente solicito del Tribunal, me efectué la entrega material real y efectiva del bien inmueble constituido por el lote de terreno antes descrito; y así mismo se fije el correspondiente cartel. Es todo. Visto lo expuesto por el apoderado judicial de la parte actora El Tribunal hace formal entrega material del inmueble en el que nos encontramos constituidos, suficientemente descrito en la presente acta y anteriormente señalado, y lo pone en posesión de la parte ejecutante la sociedad mercantil CONSTRUCTORA HINESTROSA C.A; en la persona de su apoderado judicial Dr. Guillermo Barreto Nieves, quien lo recibe conforme libre de personas y bienes. Se ordena fijar el correspondiente cartel de notificación en la puerta principal de dicho inmueble. Terminado el acto del Traslado y cumplida la misión del Tribunal, acuerda regresar a su sede natural, siendo las Once y Treinta Antes-Meridiem. Terminó se leyó y conformes firman.
LA JUEZA TEMPORAL,

Abg. LESBIA SUAREZ.

EL APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA,

POR…..

LA COMISION POLICIAL

EL NOTIFICADO,

LA SECRETARIA TITULAR,

En la misma fecha se constituyó el Tribunal en su sede natural, conforme esta ordenado. Conste.

LA SECRETARIA TITULAR,

Abg. MARIANNY VELASQUEZ SALAZAR.