REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL. MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA.
La Asunción, 20 de febrero de 2008
197º y 148º
Vista la diligencia de fecha 31-01-2008 suscrita por la abogada LUISANGEL M., SANABRIA MARTINEZ, en su carácter de autos, mediante la cual solicita se oficie a la Oficina de Registro Subalterno del Tercer Circuito del Municipio Libertador del Distrito Capital, a los fines de que se proceda al levantamiento de la medida de embargo ejecutiva decretada en fecha 09-11-2000, en razón de la homologación que le fue impartida a la transacción suscrita entre las partes, en virtud que hasta la fecha no consta el levantamiento de la misma; este Tribunal la acuerda de conformidad y en consecuencia se ordena librar oficio a la Oficina de registro antes mencionada, con el objeto de que se sirva levantar la medida de embargo ejecutiva decretada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en fecha 09-11-2000, la cual fue practicada por el Juzgado Décimo de Municipio Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 13-02-2001, y participada con oficio N° 01-059 de fecha 13-02-2007, sobre un apartamento distinguido con el N° 09-E, piso 9, del edificio denominado “ RESIDENCIAS CONDOR O CONCORD PLAZA”, situada en la calle siete (07) Unidad vecinal N° 03 de la Urbanización Montalbán-La Vega, Jurisdicción de la Parroquia La Vega y Antimano, Municipio Libertador del Distrito Federal, el cual tiene un a superficie aproximada de SETENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON TRECE DECIMETROS CUADRADOS ( 77,13 Mts2) y sus linderos son los siguientes: NORTE: Con apartamento 9-F, ducto de electricidad y pasillo de circulación de la planta respectiva; SUR: Con fachada Sur del edificio; ESTE: Con EL Apartamento N° 9-D y pasillo de circulación de la planta respectiva por donde tiene su acceso y OESTE: con fachada Oeste del edificio. Conforme al documento de condominio del citado apartamento le corresponde un porcentaje de UN ENTERO CON TREINTA Y NUEVE CENTÉSIMAS POR CIENTO (1,39%) sobre los derechos y obligaciones derivadas de la comunidad de propietarios, al cual le corresponde un puesto para estacionamiento marcada con el N° 11, cubierto de un (01) maletero marcano con el N° 49, situado ambos en la parte baja del edificio. El precitado puesto de estacionamiento tiene un área aproximada de DOCE METROS CON CINCUENTA DECIMETROS CUADRADOS (12,50 Mts). Dicho inmueble le pertenece a la ciudadana MIRIAN JOSEFINA MARTINEZ SILVA, según documento protocolizado por ante la Oficina Subalterna del Tercer Circuito de Registro del Municipio Libertador del Distrito Federal de fecha 30 de Octubre de 1992, asentado bajo el N° 12, Tomo 20, Protocolo Primero del referido año. Líbrese Oficio.
LA JUEZA

Dra. JIAM SALMEN DE CONTRERAS
LA SECRETARIA,

Abg. CECILIA FAGUNDEZ
JSDC/CF/pbb.-
Exp. Nro. 9550-07
En esta misma fecha se libró el correspondiente oficio. Conste,
LA SECRETARIA