Circuito Judicial Penal
Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
Tribunal de Ejecución
Sección Adolescentes


La Asunción, 28 de enero de 2.008
197° y 148°
ACTA DE DIFERIMIENTO DE LA AUDIENCIA DE REVISION DE MEDIDA

En horas de Audiencia del día de hoy, lunes veintiocho (28) De enero de Dos Mil ocho (2008), comparece previo traslado del Centro de Internamiento para varones “Los Cocos”, ante la Sala de Audiencia de este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescente del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, el adolescente IDENTIDAD OMITIDA , titular de la Cédula de Identidad N° V- XXXXXXXXX, de dieciséis (16) años de edad, hijo de los ciudadanos, IDENTIDADES OMITIDAS y quien se encuentra privado de libertad por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO previsto en el articulo 458 del Código Penal, domiciliado en la Carretera vieja de OMITIDO casa Nro XX, de color verde cerca de la Brama Municipio García del Estado Nueva Esparta , y debidamente asistido por la Dra. Geisha Camacaro , en su condición de Defensora Publica Penal N° 03, a los fines de la celebración de la AUDIENCIA ORAL Y PRIVADA DE REVISION DE LA SANCION IMPUESTA AL ADOLESCENTE. En presencia de La Juez de Ejecución Temporal, Dra. Emilia Valle de Lárez, la Secretaria Abg. Zaida Montilva, verificada la presencia de las partes, estando presente la ciudadana Fiscal VII del Ministerio Público Dra. Zaribell Chollett., así como la ciudadana JANET FUENTES representante del adolescente. Asimismo, se encuentra presente en la audiencia la ciudadana Licenciada Luisa Carrión, Trabajadora ]Social integrante del equipo multidisciplinario del Centro de Internamiento Los Cocos. Siendo las 11:30 de la mañana, el Tribunal cede la palabra a la ciudadana Defensora Pública Penal Geisha Camacaro, quien expone: Con el debido respeto solicito a este Tribunal el diferimiento de la presente audiencia, en interés del adolescente IDENTIDADES OMITIDAS, en razón de que como aparece de los informes de evolución que corren insertos en el expediente, y de acuerdo a la recomendación de la Trabajadora Social y del equipo especializado de la Fundación José Félix Ribas, los recaudos correspondientes a la residencia y oferta de empleo para el adolescente en la ciudad de Maracaibo, deben ser recibidas en el día de hoy, y las cuales considera esta defensa de suma importancia para que el Tribunal pueda tomar una decisión en relación a la sustitución de la medida que he solicitado, todo en aras de lograr que el adolescente pueda ingresar al Centro de Rehabilitación tal como voluntariamente quiere y ha sido recomendado por los especialistas. Pido que una vez que consten dichos recaudos en autos, se fije la audiencia de Revisión nuevamente. En este Estado el Tribunal cede la palabra a la ciudadana Lic. Luisa Carrión, quien expone: Me ha sido manifestado por el Dr. Pellicer de la Fundación Rivas, que se ha gestionado que IDENTIDAD OMITIDA ingrese al Centro de Rehabilitación en la ciudad de Maracaibo, para lo cual va a estar bajo la vigilancia de su tío materno, pero aún deben llegar los documentos de su residencia, tal como verbalmente lo manifesté a la defensa y a este Tribunal. Seguidamente el Tribunal cede la palabra a la Fiscal del Ministerio Público, Dra. Zaribel Chollet, quien expone: De acuerdo a lo expuesto por la Licenciada Luisa Carrión, quien atiende el caso del adolescente IDENTIDAD OMITIDA informando que los recaudos necesarios para evidenciar el arraigo o la residencia de los familiares del sancionado en la ciudad de Maracaibo, donde al adolescente se le tramitó el cupo en un Centro de Rehabilitación para atender la problemática de adicción, y están por recibirse, considero que lo idóneo en el interés del adolescente sería diferir la presente audiencia a los fines de que conste en actas la documentación requerida para que esta representación Fiscal pueda emitir su opinión con fundamento. A continuación se le cedió la palabra al adolescente IDENTIDAD OMITIDA previa imposición al sancionado de sus derechos y garantías, establecidas en los artículos del 538 al 550 ambos inclusive y los derechos contenidos en el articulo 630 todos de la Ley Orgánica para Protección del Niño y del Adolescente, asimismo del Precepto Constitucional establecido en el articulo 49 ordinal 5 de nuestra Carta Magna, y una vez constatado que entiende sus derechos y garantías, así como también el significado del presente acto, se le cedió el derecho de palabra: quien expuso: Yo me dirigiré oportunamente al Tribunal cuando se fije la Audiencia de revisión nuevamente, y estoy de acuerdo con su diferimiento para cuando el Tribunal lo considere. En este estado, el Tribunal cede la palabra a la ciudadana IDENTIDAD OMITIDA. Representante del adolescente, quien expone: los recaudos me los envió mi hermano IDENTIDAD OMITIDA a cargo de quien mi hijo IDENTIDAD OMITIDA quedaría bajo su vigilancia para que cumpla con la medida que en libertad le impusiera este Tribunal, en caso de sustituirle la medida. El Tribunal, vistas las exposiciones anteriores, y por cuanto las partes coinciden que la documentación ofrecida por la defensa es necesaria a los efectos de que este Tribunal tome una decisión en cuanto a la sustitución de la medida de privación de libertad por una menos gravosa, especialmente en lo que se refiere a la posibilidad de que el adolescente ingrese a un centro de rehabilitación para atender su problemática de adicción, ACUERDA CON LUGAR LA SOLICITUD DE LA DEFENSA PÚBLICA Y DE LA FISCAL DEL MINISTERIO PUBLICO, y y por cuanto aún no se han cumplido seis (6) meses de de haberse realizado la última revisión, en consecuencia, ORDENA EL DIFERIMIENTO DE LA AUDIENCIA DE REVISION DE MEDIDA la cual se llevará a cabo en la oportunidad que posteriormente fije el Tribunal una vez consten en el expediente los recaudos ofrecidos. Quedan notificadas las partes presentes en el acto del diferimiento dictado. Se ordena el reingreso del adolescente al Centro de Internamiento Los Cocos. Siendo las 2:32 horas de la tarde, queda concluida la Audiencia.
LA JUEZ DE EJECUCIÓN TEMPORAL,


Dra. Emilia Valle Ortiz

EL ADOLESCENTE

IDENTIDAD OMITIDA

LA DEFENSORA PÚBLICA PENAL

Dra. GEISHA CAMACARO





LA FISCAL VII DEL MINISTERIO PÚBLICO


Dra. Zaribell Chollett


LA REPRESENTANTE LEGAL,

IDENTIDAD OMITIDA
La Trabajadora Social,


Lic. Luisa Carrión

LA SECRETARIA

Abg. Zaida Montilva









EVDL/
Causa: N° OP01-P-2006-003349