REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
En su nombre
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES PARA EL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO.
Asunto Nº OH03-S-2007-000500
Motivo: AUTORIZACION JUDICIAL.
Solicitante: JANETH OVALLES SANCHEZ.
Abogada Asistente: Luimary Campos, Inpreabogado No. 24.354
La Asunción, 17 de Diciembre de 2008
198º y 149º
Vista la solicitud presentada por la Ciudadana: JANETH OVALLES SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.524.173, actuando en este acto en nombre y representación de su hija: (IDENTIDAD OMITIDA de conformidad con el artículo 65 LOPNNA), de Quince (15) años de edad, titular de la Cédula de Identidad N: 23.182.138 debidamente asistida por la Abg. Luimary Campos, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 24.354, mediante la cual solicita Autorización Judicial para que en nombre y representación de su hija (IDENTIDAD OMITIDA), pueda realizar las gestiones necesarias para cobrar Prestaciones Sociales, Seguro de Vida y de Accidentes, fideicomiso, y en general, cualesquiera otros beneficios que le correspondan en derecho a su hija del cual era titular su cónyuge y padre de la mencionada adolescente el finado Ciudadano RICARDO ANTONIO RINALDI PADRON, quien fuera titular de la cédula de de identidad Nº. V- 6.124.348. Visto igualmente que fueron acompañados como medios probatorios en el presente Asunto, a) Acta de Defunción correspondiente al causante de la adolescente b) Partida de Nacimiento de la Adolescente en referencia; y c) Declaración de Unicos y Univerasales ; y por cuanto en fecha 17-09-2008 se garantizó el Derecho a Opinar y ser Oida a la mencionada adolescente, previsto en el Artículo 80 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Nilñas y Adolescentes, así como también fue emitida Opinión Favorable por la Representación Fiscal. En consecuencia esta Jueza Segunda de Primera Instancia para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes para el Régimen Procesal Transitorio; en uso de sus atribuciones legales, en atención a lo previsto en nuestro Ordenamiento Jurídico, Jurada como ha sido la urgencia del caso y con vista a las actas que conforman el presente Asunto imparte su aprobación a la presente solicitud y en tal sentido AUTORIZA a la ciudadana JANETH OVALLES SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.524.173, para que en nombre y representación de su hija: (IDENTIDAD OMITIDA), de Quince (15) años de edad, titular de la Cédula de Identidad N: 23.182.138, pueda representarla en las gestiones necesarias para el cobro de la cuota parte correspondiente en las Prestaciones Sociales, Seguro de Vida y de Accidentes, fideicomiso, y en general, cualesquiera otros beneficios que le correspondan en derecho a su hija con ocasión del fallecimiento de su padre el Ciudadano RICARDO ANTONIO RINALDI PADRON. El dinero proveniente del mismo deberá depositarse en la Cuenta de Ahorros aperturada en la Institución Banfoandes a nombre de la mencionada adolescente, debiendo la representante de la misma consignar en este Asunto copia de la Libreta de Ahorros debidamente actualizada una vez sea consignado el monto correspondiente. Líbrese el correspondiente Oficio a la mencionada Institución Bancaria y entréguese a la referida Ciudadana para que proceda a la apertura de la Cuenta de Ahorros. Entréguese copias debidamente Certificadas de estas actuaciones a la parte interesada. Cúmplase.-
La Jueza
La Secretaría,
Abg. Eudy María Díaz Díaz
Conforme a lo ordenado se dio cumplimiento en esta misma fecha.
La Secretaría
EMDD/edd
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