REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta.-
La Asunción, seis (06) de agosto de dos mil ocho (2008).-
198º y 149º
ASUNTO: OP02-L-2008-000450
Vista la diligencia presentada en fecha 01-08-2008, por el ciudadano OSCAR DEL VALLE MÁRQUEZ ÁVILA, asistido por el Abogado en ejercicio DIEGO PÉREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 111.143, por una parte; y por la otra, la Sociedad Mercantil “TRANSPORTE Y COMUNICACIONES BANVENEZ, C.A.” (TRANSCOMBAN), representada por el coapoderado judicial RAFAEL MARTÍNEZ MIRANDA, mediante la cual desisten del presente procedimiento, solicitando la homologación y el archivo del presente expediente, en consecuencia, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO del procedimiento, dándole efectos de cosa juzgada, de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil por remisión expresa del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así mismo se ordena el archivo del presente expediente y en consecuencia, da por concluido el procedimiento. Publíquese y Regístrese la presente decisión.
LA JUEZ.,
Dra. GRICELDA MARTÍNEZ CEDEÑO.
EL (LA) SECRETARIO (A)
GMC/yvs.-
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