CIRCUITO JUDICIAL PENAL
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA
TRIBUNAL DE EJECUCION
SECCIÓN ADOLESCENTES

La Asunción, 24 de Abril de 2008
197º y 148º
ASUNTO NRO OPO1-P-2007-004171
ACTA ENTREVISTA CON LA JUEZ POR INCUMPLIMIENTO

En horas de Audiencia del día de hoy, jueves (24) de Abril Dos Mil Ocho (2008), siendo las (10:00 )hora de la mañana, comparece previa boleta de citación, la adolescente YURAIDA IDENTIDAD OMITIDAvenezolano, titular de la cédula de identidad Nro XXXXXXXX, de 19 años de edad -asistido en este acto por la Dra. PATRICIA RIBERA DE ANGRISANO Defensor Público N° 2 del Sistema Penal de Adolescentes del Adolescente, En este Estado la Ciudadana Juez de Ejecución Dra. Isabel Asunta Pannaci, procede a imponer al adolescente de sus derechos y garantías constitucionales y legales, como el contenido del Artículo 49 Ordinal 5to de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, de los artículos 80, 538 y siguiente de la Sección Tercera de los Derechos y Garantías, 630 de los Derechos de la Ejecución de las Medidas, así mismo la ciudadana Juez conforme a la citación extendida por el Tribunal a los fines de notificar los motivos del incumplimiento de la sanción de Reglas de Conducta, consistente en presentaciones UNA VEZ AL MES ANTE EL Departamento de Psicología, adscrita al Sistema Penal, le exhortó al adolescente las consecuencias que puede acarrear el incumplimiento injustificado de las medidas impuestas, de conformidad con lo establecido en el artículo 628 parágrafo segundo literal (c) de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Seguidamente se cede la palabra al adolescente quien manifestó:”YO HE VENIDO A PRESENTARME, PERO NO HABIA VENIDO PORQUE ESTABA ENFERMA, Y ME FUI A CARUANO A ATENDER A ABUELA QUE ESTABA ENFERMA, PERO VINE EN MARZO, Y ME COMPROMETO A CUMPLIR , es todo.” Acto seguido el Tribunal cede la palabra al Dr. PATRICIA RIBERA DE ANGRISANO Defensor Público N° 2 del Sistema Penal de Adolescentes quien expone: “Oído lo expuesto por mi representada, y revisada como ha sido la comparecencia ante la psicóloga de este Sistema, esta Defensa solicita con todo respeto a este Tribunal, dicte cómputo del Tiempo de sanción cumplido por mi representada, estableciendo el tiempo que le falte por cumplir, asimismo se declare el incumplimiento como justificado por cuanto se evidencia su intención de cumplir, ya que reinició cumplimiento el 18 de marzo de este año, y compareció el día de hoy, aun cuando no era su cita ante este Tribunal sin embargo, es el día de su cita programada ante el Psicólogo, por ello solicito a este Tribunal tome en consideración lo expuesto por el adolescente y se declare el incumplimiento como justificado Es todo”. Este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescente, visto lo expuesto por el adolescente, visto los motivos manifestado por el mismo. Este Tribunal De Ejecución de la Sección de Adolescentes, en Nombre de La Republica Bolivariana De Venezuela, y de conformidad con lo establecido en el artículo 647 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, ACUERDA: PRIMERO: Declarar como justificado el incumplimiento de la sanción por parte del adolescente, SEGUNDO: Se acuerda dictar auto de computo por auto separado, Así se decide. Quedan las partes presentes notificadas de la presente decisión. Siendo las (10.16) horas y minutos de la mañana. Notifíquese a la fiscal del Ministerio público. Se declara concluida la entrevista. Es todo. Terminó. Se leyó y conformes firman.
LA JUEZ DE EJECUCIÓN


Dra. ISABEL ASUNTA PANNACI

LA ADOLESCENTE


IDENTIDAD OMITIDA

EL DEFENSOR PUBLICO


DRA. PATRICIA RIBERA DE ANGRISANO




LA SECRETARIA

ABG. ZAIDA MONTILVA.



ASUNTO NRO OPO1-P-2007-004171