REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Trib. de Sust. Med. y Ejec. del Trabajo de la Circuns. Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, veintiuno de septiembre de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO: OP02-L-2006-000386
Vista la Transacción presentada en fecha 09-08-06, por el Abogado José Vicente Santana Osuna, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 1.497, Apoderado Judicial de DISTRIBUIDORA EL TABACAL, C.A., por una parte; y por la otra la Abogado María Eugenia González, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 106.852, Apoderada Judicial del ciudadano DOMINGO JOSE GARCIA SUNIAGA, titular de la cédula de identidad No. 8.396.582 y vista la diligencia de fecha 14-08-06, presentada por la parte actora, antes identificada, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo en razón de que la transacción no es contraria a Derecho y no vulnera derechos irrenunciables de la trabajadora, ni normas de orden público, HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN, dándole efectos de Cosa Juzgada, de conformidad con el ordinal 2 del artículo 89 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; Parágrafo Único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo; y artículos 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo. Asimismo, vista la solicitud de copias certificadas, este Juzgado ordena expedir por secretaría las copias certificadas en conformidad con los Artículos 21 y 22 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. En consecuencia, da por concluido el procedimiento y se ordena el archivo del expediente. Y así se decide.-
LA JUEZ
Abg. GRICELDA MARTÍNEZ CEDEÑO
EL SECRETARIO
Abg. YHOANN RODRIGUEZ