REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
ESTADO NUEVA ESPARTA
196º y 147º
La Asunción, 27 de Octubre de 2.006.-


A) IDENTIFICACION DE LA PARTE SOLICITANTE:
A.I) PARTE ACTORA: JESUS FELIPE HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ, LUISA CARMEN HERNÁNDEZ DE HERNÁNDEZ, ANAHY TERESA HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ, CARLOS LUIS HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ, LUIS FELIPE HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ, OMAR JOSÉ HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ, ISBELY DEL VALLE HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ y ANGEL GUZMÁN HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-8.392.515, V-5.481.429, V-9.301.223, V-9.424.633, V-4.654.063, V-2.834.559, V-4.655.592 y V-4.654.064, respectivamente.

A.II) ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE SOLICITANTE: Abogada en ejercicio ESTELA NARVAEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 32.344.

B) MOTIVO DEL JUICIO: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.-

C) BREVE RESEÑA DEL PROCESO:
Mediante sorteo de fecha 7 de Julio 2.006, le corresponde a este Juzgado conocer de la solicitud de Únicos y Universales Herederos que interpusieran, los ciudadanos JESUS FELIPE HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ, actuando en nombre propio y en representación de los ciudadanos LUISA CARMEN HERNÁNDEZ DE HERNÁNDEZ, ANAHY TERESA HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ, CARLOS LUIS HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ, LUIS FELIPE HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ, OMAR JOSÉ HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ, ISBELY DEL VALLE HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ y ANGEL GUZMÁN HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ, ya identificados.
Narran los solicitantes, que en fecha 25 de Julio de 2.005, falleció en el Hospital Rafael Medina Jiménez de Pariata, Estado Vargas, “AB-INTESTATO”, su padre y esposo de la ciudadana LUISA CARMEN HERNÁNDEZ DE HERNÁNDEZ, respectivamente, quien en vida se llamaba JUAN HERNÁNDEZ MARÍN, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-490.253, y que murió a consecuencia de “CARDIOPATÍA MIXTA DILATADA”, según consta del Acta de Defunción expedida por la alcaldía del Municipio Vargas, Estado Vargas, Unidad de Registro Civil y Justicia, Tercer Circuito de Registro.
Finalizan solicitando, se les declare como los Únicos y Universales Herederos del prenombrado causante JUAN HERNÁNDEZ MARÍN, ya identificado; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.
En fecha 18 de julio de 2.006, comparece el ciudadano JESÚS FELIPE HERNÁNDEZ, asistido de la Abogada ESTELA NARVÁEZ, y consigna los recaudos detallados en la solicitud, constantes de trece (13) folios útiles.
En fecha 18 de Julio de 2.006, se le da entrada al expediente, y se admite en fecha 20 de Julio de 2.006, y se insta a los solicitantes a consignar la identificación de los testigos a ser evacuados.
En fecha 2 de Agosto de 2.006, el ciudadano JESÚS FELIPE HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ, asistido de la Abogada ESTELA NARVÁEZ, otorga Poder Apud Acta a la Abogada ESTELA NARVÁEZ y consigan la identificación de los testigos a evacuarse, fijándose en fecha 8 de Agosto de 2.006, la oportunidad para la evacuación de los testigos promovidos, al tercer (3er) día de Despacho siguiente a esa fecha, siendo declarada desierto en fecha 14 de Agosto de 2.006.
El día 18 de Septiembre de 2.006, comparece la Abogada ESTELA NARVÁEZ, y solicita se le fije nueva oportunidad de evacuación de los testigos, siendo acordada en fecha 21 de Septiembre de 2.006 y evacuados el 27 de Septiembre de 2.006.
Siendo la oportunidad para decidir, este Tribunal lo hace de la siguiente manera:
Vistos los recaudos acompañados y las declaraciones de los testigos, ciudadanos: CRUZ DEL VALLE MARCANO DE SALAZAR y GLENTON RAFAEL VÁSQUEZ MARTÍNEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cedulas de identidad Nros. V-8.393.062 y V-15.345.564, respectivamente, quienes en sus deposiciones aparecen serios y contestes al aseverar que conocieron suficientemente de vista, trato y comunicación al de-cujus JUAN HERNÁNDEZ MARIN, quien era padre de los solicitantes JESUS FELIPE HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ, ANAHY TERESA HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ, CARLOS LUIS HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ, LUIS FELIPE HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ, OMAR JOSÉ HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ, ISBELY DEL VALLE HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ y ANGEL GUZMÁN HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ y esposo de la ciudadana LUISA CARMEN HERNÁNDEZ DE HERNÁNDEZ, y quien falleció en el Hospital Rafael Medinas Jiménez de Pariata, Estado Vargas, el día fecha 25 de Julio de 2.005; que conocen a los ciudadanos JESUS FELIPE HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ, LUISA CARMEN HERNÁNDEZ DE HERNÁNDEZ, ANAHY TERESA HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ, CARLOS LUIS HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ, LUIS FELIPE HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ, OMAR JOSÉ HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ, ISBELY DEL VALLE HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ y ANGEL GUZMÁN HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ, suficientemente de vista, trato y comunicación, y que por consiguiente saben y les consta que son los ÚNICOS HEREDEROS del de cujus JUAN HERNÁNDEZ MARÍN, y que no hay ningún otro heredero legítimo ni descendiente alguno; que pueden dar fe que el fallecido no tuvo mas hijos, ni legítimos, ni naturales, ni adoptivos, ni reconocidos; y por último, que dan razón fundada de sus dichos. Y por cuanto del estudio y análisis de las deposiciones de los referidos testigos, se desprende y está demostrado el derecho que la solicitante alega, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y dejando a salvo en todo caso los derechos de terceros, declara a los ciudadanos JESUS FELIPE HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ, LUISA CARMEN HERNÁNDEZ DE HERNÁNDEZ, ANAHY TERESA HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ, CARLOS LUIS HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ, LUIS FELIPE HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ, OMAR JOSÉ HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ, ISBELY DEL VALLE HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ y ANGEL GUZMÁN HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ, plenamente identificada en autos, como los ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de su causante JUAN HERNÁNDEZ MARÍN.- Tómese nota de este decreto en el Libro Diario y devuélvase originales de estas actuaciones a las interesadas.-