REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA
La Asunción, 27 de Octubre de 2.006.-
196º y 147º

De la revisión efectuada a las actas procesales del expediente Nº 22.337, contentivo del Juicio que por PARTICIÓN DE LA COMUNIDAD, tiene incoado la ciudadana CEFERINA MERCEDES BRITO LUNA Y OTROS, consta que al momento de librar la boleta de notificación se cometió un error involuntario al identificar a la parte demandante CEFERINA MERCEDES LUNA LUNA, siendo lo correcto CEFERINA MERCEDES BRITO LUNA, y siendo que no fue cumplido un requisito esencial para la validez del acto, este Tribunal, en atención con lo establecido en el artículo 206 del Código de Procedimiento Civil, anula el acto realizado en fecha 14-9-2.006 (f.123), y en consecuencia repone al estado de librar nuevo cartel con la corrección señalada. Así se decide.-