La Asunción, 20 de octubre de 2006

Visto el escrito presentado por la Dra. Besaida Luna, Defensora Pública N° 01 especializada en el Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente, en representación del adolescente (IDENTIDAD OMITIDA) donde solicita se modifique el lugar de cumplimiento de la sanción de Servicios a la Comunidad impuesta a su representado, ello en virtud de que el adolescente se le hace difícil cumplir la misma ante el Cuerpo de Bomberos con sede en la Ciudad de Porlamar, por cuanto reside en La Vecindad, Municipio Marcano del Estado Nueva Esparta y que en su lugar se designe el Cuerpo de Bomberos ubicado en Juan Griego Municipio Marcano de este Estado. Visto esto este Tribunal previamente observa: La ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente le confiere al juez de ejecución en sus artículos 646 y 647, el control judicial en el cumplimiento de las medidas impuestas al adolescente y del mismo modo controlar el cumplimiento de los objetivos fijados por esta Ley, y que en esta ejecución no se restrinjan derechos fundamentales que no se encuentran fijados en la sentencia, además de revisar las medidas, para modificarlas o sustituirlas por otras menos gravosas, cuando no cumplan con los objetivos para los que fueron impuestas o por ser contrarias al proceso de desarrollo del adolescente, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA, de conformidad con lo establecido en los artículos 646 y 647 literales, a, b y e de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, declara con lugar la solicitud de la Defensa Pública N° 01, Dra Besaida Luna y ACUERDA MODIFICAR EL LUGAR DE CUMPLIMIENTO DE LA SANCIÓN de SERVICIOS A LA COMUNIDAD, prevista en el artículo 625 Ejusdem, impuesta al adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), para que en adelante sea cumplida ante la misma Institución, Cuerpo de Bomberos, con Jurisdicción del Municipio Marcano del Estado Nueva Esparta. Ofíciese a los organismos involucrados comunicándoles lo decidido. Notifíquese a las partes de esta decisión. Diarícese, Cúmplase.
LA JUEZ DE EJECUCION

Dra. Petra Marcano de Cerrada

EL SECRETARIO,

Abg. José Abelardo Castillo
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.
EL SECRETARIO,

Abg. José Abelardo Castillo
Asunto N° OP01-P-2005-003887
PMC/ Beatriz Peñaranda (Asistente)