La Asunción, 04 de octubre del 2006

En Audiencia Preliminar, el Dr. Juan Carlos Torcat, en su carácter de fiscal primero (A) del Ministerio Público de este Circuito Judicial Penal, en causa seguida contra Raúl Antonio Colón Carate, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº: 17.713.722, presentó acusación y en presencia de las partes se debatió de manera suficiente los fundamentos de la misma, pasando este tribunal pasa a decidir así:
El fiscal del Ministerio Público le imputa al identificado ciudadano, la comisión del delito de robo agravado, al ser sorprendido en fecha 13 de enero de 2006, en la sociedad de comercio Mercal, C.A., ubicada en Pampatar de este estado, portando un arma de fuego en compañía de otros sujetos quienes aún no han sido identificados y bajo amenaza de muerte, sometió a los presentes despojándolo de sus bienes, para luego tomar el dinero existente en la caja registradora por un monto de Bs. 8.682.975.
La defensa por su parte, niega, rechaza y contradice la acusación del Ministerio Público, solicitando el pase de las presentes actuaciones a la fase de juicio para la celebración del debate oral y público. En consecuencia, al no haber irregularidad en la tramitación de la presente acusación, este juzgador la admite totalmente en contra de RAÚL ANTONIO COLÓN CARATE, plenamente identificado, por la comisión del delito de robo agravado, previsto y sancionado en el artículo 458, del Código Penal vigente, siendo igualmente pertinente y necesarias las pruebas ofrecidas para el juicio oral por la representación fiscal, a las cuales se adhirió la defensa pública en virtud del principio de la comunidad de las pruebas. En consecuencia, se decreta la orden de abrir el JUICIO ORAL Y PÚBLICO en la presente causa y se emplaza a las partes para que concurran ante el juez de juicio a quien corresponda conocer de ella, dentro del lapso común de cinco días siguientes, debiendo el secretario remitir a dicho juez las presentes actuaciones.
En La Asunción, a los 04 días del mes de octubre de 2006.
El Juez
Eduardo Capri Rosas
La Secretaria.
Abg. Lorena Lista
A: OP01-P-2006-000418.