REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, primero (01) de noviembre de dos mil seis (2006)
Años: 196º y 147º
ACTA DE AUDIENCIA

IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES:
N° DE EXPEDIENTE: OP02-L-2006-000421
Parte Actora: GILBERTO GUEVARA
Parte Demandada: PREMIUM SUITES, C.A.
Apoderados De La Parte Demandada: KARINA RODRÍGUEZ CALLES, HILDA MARINA DURAN TORO y OSCAR ADOLFO RODRÍGUEZ
Motivo: Cobro de Prestaciones Sociales.

En el día de hoy, Primero (01) de noviembre del año dos mil seis (2006), siendo la una y treinta de la tarde (01:30 p.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en la causa distinguida bajo el No. OP02-L-2006-000421, se constituye el Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, presidido por el Juez EUCLIDES SALAZAR, con la asistencia de la Secretaria Abogada PAULA DÍAZ MALAVER. Se anunció el acto a las puertas de este Tribunal y se constató la incomparecencia de la parte demandante ni por sí ni por medio de Apoderado alguno, encontrándose presente, por la parte demandada PREMIUM SUITES, C.A., el Abogado en Ejercicio OSCAR ADOLFO RODRIGUEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 5424, en su carácter de Apoderado Judicial según se evidencia de instrumento poder debidamente autenticado por ante la Notaría Pública de Pampatar, en fecha 16/10/2006, anotado bajo el No. 04, Tomo 109, de los libros de autenticaciones llevados por ante esa Notaría. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO. Publíquese y regístrese la presente decisión.
EL JUEZ



Dr. EUCLIDES SALAZAR



LA SECRETARIA


Abg. PAULA DIAZ MALAVER



ES/PDM/yvs.-
N° DE EXPEDIENTE: OP02-L-2006-000421