REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Trib. de Sust. Med. y Ejec. del Trabajo de la Circuns. Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, veintiocho de Noviembre de dos mil seis
196º y 147º
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTE:
N° DE EXPEDIENTE: OP02-S-2006-000064
PARTE ACTORA: ORLANDO JOSE GONZALEZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO COMPARECIÓ
PARTE DEMANDADA: ALCALDIA DEL MUNICIPIO MANEIRO DEL ESTADO NUEVA ESPARTA
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: NO COMPARECIÓ
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO.
En el día hábil de hoy, 28 de Noviembre del año dos mil seis (2006) siendo las Díez y treinta de la mañana (10:30 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, se anunció el acto a las puertas de este Tribunal y se constató la incomparecencia de las partes. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO. Publíquese, Regístrese la presente decisión.
LA JUEZ,
Abg. GRICELDA MARTINEZ CEDEÑO
EL SECRETARIO,
Abg. YHOANN RODRIGUEZ
GMC/YR/mcs
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