REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA.
La Asunción, 16 de Noviembre de 2006
196º y 147º
Siendo la oportunidad para proveer sobre la expedición del decreto para acreditar Titulo Suficiente de Propiedad a favor de ciudadano ERIC ROLANDO VÁSQUEZ MARVAL, este Tribunal a los fines de proveer observa que sólo fue consignada la Constancia de Afiliación suscrita por la ciudadana YASMINA PEREZ en su carácter de Presidenta de la Asociación Civil VILLA COLONIAL, en la cual hace constar que el ciudadano ERIC ROLANDO VÁSQUEZ MARVAL, es socio y adjudicatario y se le acredita la propiedad de un terreno de aproximadamente Trescientos Metros Cuadrados (300,00 mt 2) ubicado en la calle El Remanso, identificado con el Nro. 363; así como Certificado de Asignación de Parcela expedida por O. C. V VILLA COLONIAL, en fecha 03-05-98 en donde se indica que cumplidos los procedimientos aprobados en asamblea, referido a los parámetros de evaluación de méritos para la asignación de las parcelas proyectadas en el plano de Urbanismo correspondiente, se incluye al ciudadano antes mencionado en el programa de construcción y financiamiento de viviendas; sin constar en la presente solicitud que haya sido consignado documento de propiedad debidamente Protocolizado que demuestre que el terreno sobre el cual fueron construidas las respectivas bienhechurías son propiedad del solicitante.
En consecuencia, bajo tales circunstancias, el Tribunal niega la expedición del título solicitado.
EL JUEZ TEMPORAL,
MIGUEL ÁNGEL DOMINGUEZ ALVARADO.
LA SECRETARIA,
Abg. CECILIA FAGUNDEZ.
MADA/CF/gdeo.-
EXP. N°. 2138.-06