REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Trib. de Sust. Med. y Ejec. del Trabajo de la Circuns. Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, cinco de mayo de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO: OP02-L-2006-000215

Vista la Transacción celebrada en fecha 27 de abril de 2006 por el ciudadano JOSE RAFAEL ROJAS SUNIAGA, titular de la cédula de identidad número 9.304.480, debidamente asistido por el Abogado Ricardo Vargas Núñez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 72.620, por una parte; y por la otra INVERSIONES PUEBLAMAR, C.A. (HOTEL MARGARITA HILTON AND SUITES), la Abogado Mónica Palencia Maldonado, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 39.249. Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo en razón de que la transacción no es contraria a Derecho y no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN, dándole efectos de Cosa Juzgada, de conformidad con el ordinal 2 del artículo 89 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; Parágrafo Único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo; y artículos 9 y 10 del Reglamento de la Ley del Trabajo. En consecuencia, este Juzgado ordena el archivo del expediente. Y así se decide.-
EL JUEZ

Dr. EUCLIDES SALAZAR
El SECRETARIO


Abg. YHOANN RODRÍGUEZ