REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, 03 de mayo de dos mil seis
196º y 147º
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: OP02-L-2005-000257
PARTE ACTORA: KARLYX MARINA DI GIROLAMO ORIQUIN
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: YSANDRA LÓPEZ RAMOS
PARTE DEMANDADA: CLÍNICA POPULAR EL ESPINAL
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA:
MOTIVO: Cobro de Prestaciones Sociales.
En el día de hoy 03 de mayo del año dos mil seis (2006), siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, de la causa distinguida bajo el No. OP02-L-2005-000257, se constituye el Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, presidido por la Juez GRICELDA MARTÍNEZ, con la asistencia del Secretario el Abogado YHOANN RODRÍGUEZ. Se anunció el acto a las puertas de este Tribunal y se constató la incomparecencia de la parte demandante y parte demandada, ni por sí ni por medio de Apoderado alguno. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO. Publíquese y regístrese la presente decisión.
La Juez
Abg. Gricelda Martínez Cedeño
El Secretario
Abg. Yhoann Rodríguez
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