REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA
La Asunción, 30 de Mayo de 2006
196° y 147°

Vista la manifestación de Separación de Cuerpos, presentada por los ciudadanos CARMEN ALICIA ARANDA TRUJILLO y ELOY VICENTE MORANTES RINCON, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 15.039.617 Y V-13.608.300 respectivamente, debidamente asistidos por el abogado LEUDES AGUILERA RODRIGUEZ, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 29.964. En consecuencia, la Jueza insta a las partes a reconciliarse y por cuanto no hubo tal reconciliación, declara la separación de cuerpos y bienes en la misma forma, términos y condiciones convenidas por los referidos ciudadanos de conformidad con lo establecido en los artículos 189 y 190 del Código Civil.
Expídanse las copias certificadas que fueron menester, las cuales se expedirán de conformidad con los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase una vez sean suministradas las copias simples para su certificación.
LA JUEZA,

Dr. JIAM SALMEN de CONTRERAS.-
LOS CONYUGES




EL ABOGADO ASISTENTE


LA SECRETARIA,

Abg. CECILIA FAGUNDEZ.

EXP: N° 9224-06