REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Trib. de Sust. Med. y Ejec. del Trabajo de la Circuns. Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, uno de Marzo de dos mil seis
195º y 146º

ACTA
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
N° DE EXPEDIENTE: OP02-L-2005-000478
PARTE ACTORA: Yaquelin Alexandra Heredia Quijada.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Procuradora Especial de Trabajadores Abg. Jacqueline Geurreiro.
PARTE DEMANDADA: Minelvis Carreño
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: No compareció.
MOTIVO: Cobro de Prestaciones Sociales.

En el día hábil de hoy, 01 de Marzo de 2006, siendo las 09:30 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, se anunció el acto a las puertas de este Tribunal y se constató la incomparecencia de las partes, encontrándose presente la Procuradora Especial de Trabajadores Abg. Jacqueline Guerreiro, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 28.046. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO. Publíquese, Regístrese la presente decisión.
EL JUEZ,

Dr. EUCLIDES SALAZAR

EL SECRETARIO,


Abg. YHOANN RODRÍGUEZ
ES/YR/hpr