REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA
La Asunción, 06 de Marzo de 2006
195° y 147°

Vista la manifestación de Separación de Cuerpos, presentada por los ciudadanos HANZ REVERON ZERPA y MARISOL MALAVE IBARRA de REVERON, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 9.971.524 y V- 10.797.093 respectivamente, debidamente asistidos por el abogado OSMAN SALAZAR MILLAN, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 114.975. En consecuencia, el Juez insta a las partes a reconciliarse y por cuanto no hubo tal reconciliación, declara la separación de cuerpos en la misma forma, términos y condiciones convenidas por los referidos ciudadanos de conformidad con lo establecido en los artículos 189 y 190 del Código Civil.
Expídanse las copias certificadas que fueron menester, las cuales se expedirán de conformidad con los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase una vez sean suministradas las copias simples para su certificación.
LA JUEZ,

Dr. JIAM SALMEN de CONTRERAS.-
LOS CONYUGES




LA ABOGADA ASISTENTE


LA SECRETARIA,

Abg. CECILIA FAGUNDEZ.
EXP: N° 9074-06