La Asunción, 27 de Marzo de 2006
Condena al ciudadano: FREDDY JOSE FRANCO GONZALEZ anteriormente identificado, a cumplir la pena de: UN (1) AÑO y NUEVE (9) MESES DE PRISION y las accesorias de ley, por la comisión del delito de: HURTO CALIFICADO EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionado en el artículo 453 ordinales 3° y 4° del Código Penal, en relación con los artículos 80 y 99 del Código Penal, tomando además en consideración los artículos 37, 74 ordinal 4º y 484 también del Código Penal y en aplicación del artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal; delito por el cual lo acusó la representación Fiscal, acordándose su reclusión en el mismo lugar donde se encuentra, ratificando así su privación de libertad, hasta que el Tribunal de Ejecución siendo el competente para que designe el lugar definitivo donde deba cumplir su condena, pudiendo acogerse posteriormente a cualquiera de las Fórmulas Alternativas al Cumplimiento de la Pena, una vez que sea ejecutada la presente sentencia por el Tribunal de Ejecución y se den las condiciones legales para ello..
La anterior sentencia ha sido leída y publicada en esta misma fecha ordenándose su remisión al Tribunal de Ejecución, una vez publicada ya que las partes renunciaron al lapso de apelación, dejándose constancia de esta sentencia en el Libro Diario, quedando así cumplida la notificación que ordenan los artículos 175 y 365 del Código Orgánico Procesal Penal.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Audiencias del Tribunal de Control Nº 04 de este Circuito Judicial Penal. En esta misma fecha veintisiete (27) de Marzo de dos mil seis, siendo las 10:00 horas de la mañana se publica esta sentencia.
Dra. Victoria Milagros Acevedo Gómez
Juez de Control Nº 04
La Secretaria
Abg. Francys Quintana
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