REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL N° 3

La Asunción, 9 de Marzo de 2006

ORDENE LA APREHENSIÓN O PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD del ciudadano del ciudadano WILLIANS EZZE, quien una vez aprehendido o detenido por los Órganos de Policía de Investigaciones Penales correspondientes, deberá ser puesto a la orden de la prenombrada Fiscalía y Fiscal Cuarto del Ministerio Público de esta misma Circunscripción Judicial, a los fines de su presentación ante los Órganos Jurisdiccionales competentes, todo de conformidad con lo preceptuado en el artículo articulo 256 numerales 1ro. 2do. y 3ro del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 44 ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Regístrese, Notifíquese lo conducente y cúmplase.

LA JUEZ DE CONTROL Nº 3
DRA. AVILAMAR ALVAREZ RIVAS

Asunto: OP01-P-2006-000843
AAR/ar