REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL N° 3

La Asunción, 01 de Marzo del 2006.
195° y 146°

ASUNTO: OP01-P-2005-006389

DECISIÓN DE DESESTIMACION
IDENTIFICACION DE LAS PARTES

IMPUTADO: YOWING GOMEZ/
DISPOSITIVA

Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara con Lugar La DESESTIMACION de la presente investigación que iniciara la representación del Ministerio Publico, por cuanto de las actas procesales no se evidencia la comisión de ningún hecho punible, de conformidad con el artículo 301 encabezamiento- del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes a los fines legales consiguientes.
Regístrese, publíquese y diarícese y déjese copia de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias del Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta.
LA JUEZ DE CONTROL N °3
Dra. JUNEIMA CORDERO BARRETO.

LA SECRETARIA
Abg. FENELOPE CUADRO
ASUNTO: OP01-P-2005-006389