REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, 22 de Junio de dos mil seis
196º y 147º
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: OP02-L-2006-000237
PARTE ACTORA: DANNY JOSE VARGAS
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: MAGALYS SILVA JIMENEZ
PARTE DEMANDADA: PROMOTORA V.A.N.C., C.A. y MARGARITA INTERNACIONAL RESORT, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA:
MOTIVO: Cobro de Prestaciones Sociales.
En el día de hoy 22 de Junio del año dos mil seis (2006), siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, de la causa distinguida bajo el No. OP02-L-2006-000237, se constituye el Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, presidido por la Juez GRICELDA MARTÍNEZ, con la asistencia de la Secretaria Abogado BENILDE AGUILLON. Se anunció el acto a las puertas de este Tribunal y se constató la incomparecencia de la parte demandante y de la parte demandada, ni por sí ni por medio de Apoderado alguno. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO. Publíquese y regístrese la presente decisión.
La Juez
Abg. Gricelda Martínez Cedeño
La Secretaria
Abg. Benilde Aguillón
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