Porlamar, 28 de junio de 2006
196º y 147º
Visto el DESISTIMIENTO 22-06-2006 suscrita por la Ciudadana LUISA DEL VALLE MARTÍNEZ DE LATAS, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. 4.047.782, quien actúa en representación de la Ciudadana PIA ACHILLI, de nacionalidad italiana, mayor de edad, titular del pasaporte italiano Nº 655636Z, asistida por la Abogada en Ejercicio NAHORETH V. VELÁSQUEZ R., de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.913.004 e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 106.869, parte actora en la solicitud de Prorroga legal, así como lo establece el Articulo 38 de la Ley de Alquileres vigente, correspondiente al contrato de arrendamiento de una Casa, situada frente de la plaza Santiago Mariño, de la Población del Valle del Espíritu Santo, celebrado entre la Ciudadana GIOVANNA GRANAROLI B., de nacionalidad italiana, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad Nº E.- 340.172, este Juzgado Segundo de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley le imparte su HOMOLOGACIÓN, conforme a lo dispuesto en los artículos 263, 264 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia, se procede como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada y se da por terminado la presente solicitud, se ordena su devolución original a la solicitante.. CUMPLASE.
EL JUEZ,
ABG. MIGUEL MENDOZA LOPEZ,
LA SECRETARIA,
ABG. ADELNNYS VALERA CARRILLO.
MML/AVC*mam.-
Solicitud Nº 06-498.-
|