REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO MARIÑO Y GARCIA

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS MARIÑO, GARCIA,
TUBORES, VILLALBA Y PENINSULA DE MACANAO DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA.

Porlamar, veintidós de junio de dos mil seis
196° y 147°

Por cuanto de la revisión del libelo de la demanda, su reforma y recaudos consignados que conforman el presente expediente signado con el No. 06-2396, contentivo del Juicio COBRO DE BOLIVARES interpuesto por el ciudadano PEDRO SAUL LOPEZ RAMOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. v- 4.653.891, de este domicilio, actuando en su carácter de Presidente de la firma mercantil “TALLER MULTIDIAGNOSTICO AUTOMOTRIZ 58”, debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en fecha 29 de mayo de 1989, anotado bajo el No. 179, Tomo I, Adicional No. 3, contra los herederos desconocidos de la ciudadana SORENA HORTENSIA PEREZ MARTINEZ, quien era venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. v- 4.027.658, de este domicilio; el Tribunal observa que los montos reclamados totalizan la cantidad de CINCO MILLONES CUARENTA MIL BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 5.040.000,oo), rebasando en demasía la cuantía de este Tribunal. En tal virtud, este Juzgado se declara incompetente para seguir conociendo de la presente causa y de conformidad con lo establecido en los artículos 29 y 60 del Código de Procedimiento Civil, DECLINA LA COMPETENCIA, en razón de la cuantía al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de esta misma Circunscripción Judicial, a quien se ordena remitir el presente expediente en forma original, a objeto de conocer de la presente causa. Remítase el expediente en su oportunidad.-
EL JUEZ,

DR. LEONARDO J. IRIBARREN URDANETA LA...
...SECRETARIA,

ROMA FERNANDEZ GUTIERREZ.-





RFG
EXP. CIVIL No. 06-2396