REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA
La Asunción, 27 de junio de 2006
196° y 147°
Vista la manifestación de Separación de Cuerpos, presentada por los ciudadanos JUAN GUILLERMO RAMOS ESPAÑA y NATALY MERCEDES CARDENAS TOVAR, el primero de nacionalidad Colombiana y la segunda venezolana, mayores de edad, de este domicilio, con pasaporte N° RN6888958 y cédula de identidad Nro.83.994.013 y titular de la cédula N° 17.368.775 respectivamente, debidamente asistidos por la abogado NORELYS CARDONA, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 97.410. En consecuencia, la Jueza insta a las partes a reconciliarse y por cuanto no hubo tal reconciliación, declara la separación de cuerpos en la misma forma, términos y condiciones convenidas por los referidos ciudadanos de conformidad con lo establecido en los artículos 189 y 190 del Código Civil.
Expídanse las copias certificadas que fueron menester, las cuales se expedirán de conformidad con los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase una vez sean suministradas las copias simples para su certificación.
LA JUEZA,

Dr. JIAM SALMEN de CONTRERAS.-
LOS CONYUGES


LA ABOGADA ASISTENTE


LA SECRETARIA,

Abg. CECILIA FAGUNDEZ.

EXP: N° 9276-06