REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA.-
La Asunción, 20 de Junio de 2006.-
196° y 147°
Siendo la oportunidad para proveer sobre la expedición del Título Suficiente para asegurar la condición de los ciudadanos CRUZ AMUNDARAIN MILLAN, SERAPIO AMUNDARAIN Y JUANA MARCELINA AMUNDARAIN como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de los ciudadanos SERAPIO AMUNDARAIN, JUAN AMUNDARAIN, RICARDO AMUNDARAIN Y BASILIA VELASQUEZ DE AMUNDARAIN, el primero como padre, el segundo como abuelo y los dos últimos como bisabuelos, este Tribunal lo niega por tres motivos el primero, por cuanto consta de las actas que conforman la presente solicitud, específicamente al folio 07, contentiva del acta de defunción del de cujus ciudadano SERAPIO JOSE AMUNDARAY, que el mismo estaba casado con VIRGILIA MILLAN DE AMUNDARAY, siendo el caso que esta última no fue incluida en la presente solicitud; en segundo lugar en virtud que consta del folio (08), acta de defunción del ciudadano JUAN DE DIOS AMUNDARAIN VELASQUEZ, de la cual se evidencia que el mismo dejó cincos (05) hijos dentro de los cuales se encuentra el ciudadano SERAPIO AMUNDARAIN padre de los hoy solicitantes; y por último en virtud de que no consta el acta de defunción de la ciudadana BASILIA VELASQUEZ DE AMUNDARAIN, de la cual se pueda constatar quienes son sus herederos.-
LA JUEZ,

Dra. JIAM SALMEN DE CONTRERAS.
LA SECRETARIA,

Abg. CECILIA FAGUNDEZ
JSDC/CF/pbb.