Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil del Transito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta.
EN SU NOMBRE.-
En fecha 01 de Diciembre año Dos Mil Cinco (2005), los ciudadanos VICTOR LUIS GONZALEZ VICENT y SONSIRE MORAIMA SANCHEZ LUGO, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre si titulares de las cédulas de identidad Nros. 4.050.395 y 4.479.052, respectivamente, domiciliados, el primero en la calle Marcano Oeste, casa Nro 11-59, de la ciudad de Porlamar, Municipio Mariño de este Estado, y la segunda en la calle Cuyunï, Sector Pueblo Nuevo de Porlamar, Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta y debidamente asistidos en este acto por la Abogado en ejercicio ANA LUISA MARCANO AGUILERA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 54.442, presentaron por ante este Tribunal formal demanda de Divorcio, por ruptura prolongada de la vida en común, todo de conformidad con el Artículo 185-A del Código Civil.
Narran los solicitantes en su libelo de demanda que contrajeron matrimonio civil en fecha 5 de Octubre de 1983, ante el ciudadano Prefecto del Municipio Mariño, que establecieron su domicilio conyugal en la calle Cuyunï, Sector Pueblo Nuevo Casa s/n del Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta, y que han permanecido separados viviendo en domiciliados diferentes y que procrearon un (1) hijo, el cual lleva por nombre VICTOR MIGUEL GONZALEZ SANCHEZ, mayor de edad, actualmente.
En fecha 01 de Diciembre de 2005, comparecen los ciudadanos VICTOR LUIS GONZALEZ VICENT, debidamente identificado en autos, asistido en este acto por la Abogado en ejercicio ANA LUISA MARCANO AGUILERA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 54.442, quien consigna en un folio útil, copia certificada del Acta de Matrimonio.
En fecha 01 de Noviembre de 2005, se le da entrada al presente procedimiento.-
En fecha 17 de Enero de 2006, el Tribunal insta a los solicitantes VICTOR LUIS GONZALEZ VICENT y SONSIRE MORAIMA SANCHEZ LUGO, a consignar el acta de nacimiento de su hijo ciudadano VICTOR MIGUEL GONZALEZ SANCHEZ.-
En fecha 09 de Febrero de 2006, comparece por ante este Tribunal el ciudadano VICTOR LUIS GONZALEZ VICENT, asistido por la Abogada en ejercicio ANA LUISA MARCANO AGUILERA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 59.442, y consignan acta de nacimiento de su hijo VICTOR MIGUEL GONZALEZ SANCHEZ.
En fecha 16 de Febrero de 2006, se admitió la solicitud en cuanto ha lugar en derecho, y se ordenó la notificación al ciudadano Fiscal del Ministerio Público, de conformidad con lo establecido en el artículo 132 del Código Civil.
En fecha 20 de Febrero de 2006, comparece la ciudadana SONSIRE MORAIMA SANCHEZ LUGO, debidamente identificada en autos, asistida por la Abogada en ejercicio ANA LUISA MARCANO AGUILERA, inscrita en el Inpreabogado bajo el nro. 54.442, y solicitan la notificación del ciudadano Fiscal del Ministerio Público.-
En fecha 26 de Abril de 2006, el Tribunal libra la correspondiente Boleta de Notificación, al ciudadano Fiscal del Ministerio Público.-
En fecha 08 de Mayo de 2006, el ciudadano Alguacil de este Tribunal consigna la Boleta de Notificación del Fiscal del Ministerio Público.-
Habiendo transcurrido el lapso el Fiscal del Ministerio Público dio su opinión favorable, este Tribunal lo hace en base a las siguientes consideraciones:
PRIMERA: La solicitud formulada por los ciudadanos VICTOR LUIS GONZALEZ VICENT Y SONSIRE MORAIMA SANCHEZ LUGO, la fundamentaron en la ruptura prolongada de la vida en común y en la sustentación de este procedimiento se cumplieron con las formalidades previstas en el artículo 185-A del Código Civil. Y así se declara.
SEGUNDA: La concordancia entre la normativa del artículo 185-A del Código Civil y el hecho demostrativo de la ruptura prolongada de la vida en común de los cónyuges VICTOR LUIS GONZALEZ VICENT Y SONSIRE MORAIMA SANCHEZ LUGO, hace procedente la solicitud de Divorcio formulada, a la cual dio opinión favorable el ciudadano Fiscal del Ministerio Público. Y así se declara.
Por los motivos anteriores expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio hecha por los ciudadanos VICTOR LUIS GONZALEZ VICENT Y SONSIRE MORAIMA SANCHEZ LUGO, anteriormente identificados, y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial que los une en virtud del matrimonio Civil celebrado por ante ante la Prefectura del Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta, en fecha 05 de Octubre de 1983.-
Liquídense los bienes de la comunidad conyugal.-
Publíquese y regístrese.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil del Transito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta. La Asunción, a los ocho (8) días del mes de Junio del año Dos Mil Seis (2006). Años 195° de la Independencia y 147° de la Federación.
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