REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DEL MUNICIPIO MARIÑO Y GARCIA
JUZGADO CUARTO DE LOS MUNICIPIOS MARIÑO, GARCÍA, TUBORES, VILLALBA Y PENÍNSULA DE MACANAO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA. Porlamar, 27 de julio de 2006.
196° y 147°
Vista la diligencia suscrita por la ciudadana DAISY DEL VALLE NARVÁEZ VALDIVIESO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad N° V-4.045.146, en su carácter de parte Actora debidamente asistida por la abogada en ejercicio ANTONIA BELLO CASTILLO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 11.719, en la cual Desiste de la demanda tanto de hecho como de derecho y solicita al Tribunal le imparta la homologación y ordene el archivo del expediente. Este Tribunal provee de conformidad con lo solicitado, en consecuencia homologa el presente DESISTIMIENTO de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, igualmente se ordena archivar el presente expediente. Todo con motivo del juicio seguido por DAISY DEL VALLE NARVÁEZ VALDIVIESO contra la SOCIEDAD MERCANTIL CORRE CAMINO JORGE, C.A., por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO. Cúmplase.
El Juez,
Dr. Juan José Anuel Valdivieso La Secretaria,
Yanette González González
Exp. N° 524-06
JJAV/ygg/wrr.-