REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL

En horas de despacho del día de hoy, 04 de julio del año dos mil seis (2006), siendo las 10.00 de la mañana, oportunidad y hora fijada para que tenga lugar el acto de contestación de la demanda en la presente acción. Se anunció el acto a las puertas del Tribunal por el alguacil en forma de Ley. Seguidamente, el Tribunal deja constancia que a dicho llamado no compareció persona alguna por lo cual se declara desierto el mismo y como consecuencia de conformidad con lo establecido en el artículo 758 del Código de Procedimiento Civil se declara la extinción del proceso en virtud de la falta de comparecencia de la parte demandante. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA,

DRA. JIAM SALMEN DE CONTRERAS
LA SECRETARIA,

Abg. CECILIA FAGUNDEZ.-
JSDC/CF/pbb.