La Asunción, 03 de Julio de 2006
CAUSA Nº 2092
PENADO: FLORES JESÚS ALBERTO, venezolano, natural de Caracas, Distrito Capital, nacido en fecha 23 de enero de1943, de 63 años de edad, electricista, Titular de la Cédula de Identidad Nº V- 2.133.627, actualmente recluido en el Internado Judicial de la Región Insular.

DECISION: NEGATIVA DE BENEFICIO DE REGIMEN ABIERTO.

Revisadas las presentes actuaciones en la causa seguido contra el penado FLORES JESÚS ALBERTO, ya identificado y visto el informe psicosocial practicado al mismo, a los fines de optara la concesión del beneficio de Régimen Abierto; este Tribunal procede a emitir el correspondiente pronunciamiento y lo hace en base a las siguientes consideraciones:

El penado de autos, fue condenado a cumplir la pena de QUINCE (15) AÑOS DE PRESIDIO, por la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPCIAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y el mismo se encuentra detenido desde el día 29 de julio de 2000 y a la presente fecha, lleva cumplido el tiempo de SEIS (06) AÑOS Y CUATRO (04) DIAS, superando el tiempo requerido para la concesión del beneficio de Régimen Abierto, ya que el tiempo que tiene detenido excede de un tercio de la pena impuesta, el cual es de TRES (03) AÑOS Y CUATRO (04) MESES DE PRISION.

Consta en actas, certificación de antecedentes penales, del cual se desprende que dicha ciudadanoa no ha sido condenada por otro hecho distinto al que originó esta causa,

Por otra parte, existe informe psicosocial, cuyo pronóstico es DESFAVORABLE, en virtud de que de acuerdo a lo plasmado en él, el penado tiene una marcada agresividad, conflictos severos en el control de impulsos e irrespeto de valores con el detonante del hábito adictivo tóxicos, se involucra en el hecho delictivo, estimándose un sujeto potencialmente de riesgo a futuro.
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En base a los argumentos antes explanados, se observa que no se encuentran satisfecho el numeral tercero del artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal, como es el diagnóstico FAVORABLE sobre el comportamiento futuro del penado y al no concurrir las condiciones enumeradas en el mencionado artículo es por lo que se NIEGA EL OTORGAMIENTO DEL BENEFICIO DE REGIMEN ABIERTO al penado FLORES JESÚS ALBERTO. ASI DE DECIDE.

DISPOSITIVA

Con fundamento en las anteriores consideraciones, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, en nombre de la República y por autoridad de la ley, NIEGA EL OTORGAMIENTO DEL BENEFICIO DE REGIMEN ABIERTO AL PENADO FLORES JESÚS ALBERTO, venezolano, natural de Caracas, Distrito Capital, nacido en fecha 23 de enero de1943, de 63 años de edad, electricista, Titular de la Cédula de Identidad Nº V- 2.133.627, actualmente recluido en el Internado Judicial de la Región Insular, actualmente recluido en el Internado Judicial de la Región Insular, por no estar llenos los extremos de ley, contenidos en el artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal.

Regístrese, diarícese, notifíquese a las partes y al penado, ofíciese a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario del Estado Nueva Esparta y a la Dirección del Internado Judicial “Región Insular, San Antonio, Estado Nueva Esparta, publíquese, cúmplase.
LA JUEZA DE EJECUCIÓN

Dra. MARIA CAROLINA ZAMBRANO HURTADO



LA SECRETARIA

Abg. YELITZA VELASQUEZ VASQUEZ


En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo antes ordenado,

LA SECRETARIA

Abg. YELITZA VELASQUEZ VASQUEZ


Causa: N° 2092.